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ALTA LABORAL ACCIDENTE DE TRAFICO IN ITINERE
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TEMA: ALTA LABORAL ACCIDENTE DE TRAFICO IN ITINERE
#5363
ALTA LABORAL ACCIDENTE DE TRAFICO IN ITINERE hace 14 Años, 6 Meses Karma: 0
Estimados sres de preguntas frecuentes: como ya comenté en otros post, llevo desde el dia 15 de febrero por accidente de trafico con diagnostico esguince cervical agravado por padecer una leve cervicoartrosis -según el especialista de la mutua del trabajo-, el viernes que viene dia 4 de junio me dan el alta laboral, aunque aún persisten dolores ya no tan intensos pero que tengo que atenuar con medicación y relajantes musculares, de hecho tengo otra revisión con el traumatologo el dia 17 de junio, unas dos semanas despues del alta, para ver cómo me va en el trabajo ya que mi trabajo es fisico.
Me gustaría saber si tengo que exigir en el informe medico de alta de la doctora del trabajo que me pongan las secuelas que tengo. También querría saber como sería un modelo de ese tipo de informe clínico.
Por otro lado no sé si sería interesante denunciar para tener un informe independiente del médico forense, pues no sé si podré realizar mis tareas como antes del accidente.

un saludo

Muchas gracias por su antención desinteresado
JUAN MANUEL
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#5424
Re: ALTA LABORAL ACCIDENTE DE TRAFICO IN ITINERE hace 14 Años, 6 Meses Karma: 43
Hola de nuevo Juan Manuel.

Esperamsoq ue te encuentres mejor.

Sobre las secuelas comentarte que hay de varios tipos y en función de ello se indemnizará de una forma u otra:

Por ejemplo:

- Secuelas permanentes que limiten parcialmente la ocupación o actividad
habitual, sin impedir la realización de las tareas fundamentales
de esta

- secuelas permanentes que impidan totalmente la realización de las
tareas de la ocupación o actividad habitual del incapacitado.

- secuelas que inhabiliten al incapacitado para la realización de cualquier
ocupación o actividad
...

Las secuelas temporales, que son las que se curan en corto o medio
plazo, no tienen la consideración de lesión permanente, pero se valorarán computando, su efecto impeditivo o no y en función de una estimación
de su duración, después de haberse alcanzado la estabilización de las lesiones.

En función de si se consideran secuelas impeditivas (que impiden realizar las actividades habituales o no) te indemnizarán de una otra forma.

Lo mejor es que siempre figure todo por escrito. Así que en caso de padecer secuelas, deben figurar en los informes que te vayan facilitando para reclamar la indemnización correspondiente.

En la revisión del 17 de Junio imaginamos que te volverán a hacer otro informe médico donde se indicarán también como evolucionan esas secuelas.

Animo y ya nos seguirás contando.

Salu2!



Ya nos contarás cómo sigue todo.
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#5761
Re: ALTA LABORAL ACCIDENTE DE TRAFICO IN ITINERE hace 14 Años, 5 Meses Karma: 0
Gracias por vuestras respuestas.
Pues nada la medica de la mutua me dio el alta el día 7 de junio, ni siquiera esperó la visita del especialista del día 17 de junio, yo le dije que aún me dolía bastante la cervical y el trapecio derecho y tenía dolores de cabeza, pero dijo que probará a ver, que ya me habian dado más de 50 sesiones de fisio y que las lesiones estaban estabilizadas. Sin embargo, cuando me vio el especialista el día 17 de junio dijo que tenía bastante limitación funcional mucho más que la ultima vez que me vio en la que me encontró bastante recuperado, ¿qué que habia hecho? me dijo, le conteste que lo que habia hecho era nada más y nada menos que trabajar como podía y aguantarme el dolor. Así pues dijo que me iba a enviar de nuevo a fisio, pero esta vez trabajando, claro, a ver si mejoraba y evitabamos una nueva baja laboral.
Mi pregunta es si estos dias que estoy trabajando pero voy a fisio siguen contando para mi reclamación.

También quisiera agradeceros vuestra atención

un saludo

Juan Manuel
JUAN MANUEL
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#5787
Re: ALTA LABORAL ACCIDENTE DE TRAFICO IN ITINERE hace 14 Años, 5 Meses Karma: 43
Hola de nuevo.

Lo que se tiene en cuenta para la indmenización son los días de baja médica.

Si te dió el alta médica, en principio entendemos que quedarían fuera ya de la indemnización. Aunque si las lesiones están ya estabilizadas tendrían que valorar si han quedado secuelas y de qué tipo son, ya que éstas también serían indemnizables.

Comenta todas estás consultas con tu seguro y que te lo aclaren bien para tu caso concreto.

Esperamos que te mejores del todo y que el seguro responda y te trate y defienda en tu caso como debería hacerlo por lo que te ha sucedido.

Mucho ánimo y ya nos contarás cómo va todo.

Salu2!
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#24998
INFORME FORENSE EN ESPERA DE VALORAR POR ABOGADO hace 13 Años, 10 Meses Karma: 0
He recibido el informe forence en el que me reconoce 92 dias impeditivos, aunque fueron algunos más, y por otro lado me reconoce también 3 puntos de secuelas por sindrome postraumatico cervical.
De los tipos de secuelas que me dijeron en este mismo hilo ¿cómo se considera esta secuela? Es importante para mi saberlo, pues aunque no me impide realizar mi trabajo habitual si sufro bastantes dolores que no tenia antes y me temo que el futuro vaya a peor y aun me quedan muchos años de trabajo pues tengo 42. El accidente fue de trabajo por lo que no sé si esto empeora si puedo usar el informe para que se me reconozca como enfermedad laboral, la rehabilitadora me dijo que tendría que visitarla a menudo, que hablara con la empresa cuando necesitara alguna sesión rehabilitadora.

Saludo y gracias por vuestra atención
JUAN MANUEL
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#25474
Re: INFORME FORENSE EN ESPERA DE VALORAR POR ABOGADO hace 13 Años, 9 Meses Karma: 43
Hola de nuevo.

Comentarte que según la Ley Responsabilidad civil
y seguro en la circulación de vehículos a motor, ese tipo de secuela correspondería con "Indemnizaciones por lesiones permanentes".

La cuantía de estas indemnizaciones se fija partiendo del tipo de lesión permanente ocasionado al perjudicado desde el punto de vista físico o funcional, mediante puntos asignados a cada lesión.

Lo que ocurre es que para calcular la indemnización que corresponde por ello hay que tener en cuentas varios factores como la valoración en puntos de esa secuela en función del grado de lesión, la edad del afectado, y factores de corrección en función de los daños y perjuicios ocasionados en cada caso en concreto, por lo que no podemos concretarte una cifra..

Para el tema de la incapacidad laboral, tendrías que consultarlo en INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) donde realizarán una valoración del grado de incapacidad.

Si solicitas al INSS la incapacidad laboral permanente recibirás una notificación del INSS para que el Equipo de Valoración de Incapacidad certifique el grado de incapacidad que sufres.

El EVI es un órgano dependiente del Ministerio de Trabajo que se encarga de valorar si existe incapacidad laboral permanente y emite un informe de valoracion médica que es trasladada al INSS para que dictamine o no la calificación de incapacidad laboral permanente.

Esperamos que te sirva al menos de orientación.

Allí te podrán informar más ampliamente sobre esta cuestión.

Salu2!
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#25569
Re: INFORME FORENSE EN ESPERA DE VALORAR POR ABOGADO hace 13 Años, 9 Meses Karma: 0
GRACIAS POR SUS RESPUESTAS, ME INTERESABA SABER EL TEMA DE MI SALUD me informaré sobre lo que comentas. Ahora bien, ya que lo dices, si puedes hacerme un calculo aproximado de lo que me pertenecería, estaría muy agradecido.
Decirte que soy montador de estructuras, tengo 42 años y mi salario son unos 2000 euros mensuales en 14 pagas.

Saludos
JUAN MANUEL
JUAN MANUEL
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