Buenos días
Para que no se siga generando el Impuesto de Circulación cada año en España (aunque no tengas el coche aquí), tienes que dar de Baja el vehículo.
Lo correcto sería darlo de Baja definitiva por Tránsito comunitario (Puedes ver los trámites para ello en el artículo superior).
Al darlo de Baja (sea temporal, definitiva o del tipo que sea), ya no te devuelven el Permiso de Circulación (lógico, puesto que ya no estás autorizado para circular..)
- Te entregarán la Ficha técnica donde te anotarán que ha sido dado de Baja por Tránsito comunitario, y con esta Ficha junto con el Historial del coche (que puedes solicitar al darlo de baja), sería la documentación del coche que necesitarías para matricular en Italia. (no necesitarías el Permiso de Circulación)
Esperamos haberte aclarado un poco al menos..
Ya nos contarás.
Ricardo:
Buenos días
He cambiado mi residencia a Italia y he traido mi coche aqui (matriculado en España en junio 2011). Ahora quiero asegurarlo en Italia para lo que me piden que el vehiculo debe tener matricula italiana. Hasta aquí todo claro, pero al intentar darlo de baja en España por transito comunitario me dicen por telefono en la DGT que el permiso de circulacion no me lo devuelven y me hace falta ese documento para el cambio de matricula en Italia aunque hagan una anotacion en la DGT de que no es válido o lo que quieran...
¿Mi pregunta es, deben devolverme el permiso de circulación o al menos darme algún otro documento para poder hacer los trámites en el otro país?
Y otra pregunta, el vehículo no tiene tarjeta ITV porque es nuevo, ¿debo aportar la ficha técnica? Me la devolverán???
Gracias por vuestra ayuda