Hola.
Debería darse de baja una vez que el vendedor te haya pagado el vehículo, no antes, no sea que se eche para atrás en la compra.
Una vez dado de Baja ya no se podría conducir con él, salvo que se tramite el Permiso Temporal de circulación (placas verdes)
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www.preguntasfrecuentes.net/2013/05/07/v...as-matricula-verdes/
Dado que se va a llevar el vehículo figurando tú aún como titular, es muy importante guardar muy bien el contrato de compraventa firmado con fecha y hora de la entrega, así como justificantes de pago y copia de la documentación personal del comprador, a efectos de posibles multas que puedan llegar.
Da igual el Permiso de conducir que tenga el ruso, es problema suyo.
Respecto a la documentación fiscal es sólo para el caso de compraventa profesional, no entre particulares, pero lo mejor es que antes de nada lo confirmes llamando a tu Jefatura de Tráfico.
Salu2 y suerte con la venta..
Luba:
Hola. Suponemos que un extranjero que no pertenece a EU (Rusia) quiere comprar un coche en España . El viene a por el y se lo lleva a su país. He entendido que el vendedor debe dar de baja en DGT y solicitamos Permiso provisional . La pregunta es ¿ el comprador ruso debe poseer el permiso de conducir internacional ? ¿ Cuándo se da de baja , antes o después de la venta y quién se encarga de ello?
Otra cosa . En el articulo dice lo siguiente : Documentación fiscal correspondiente: se requerirá en los casos de baja por traslado a un país que no pertenezca a la Unión Europea, en cuyo caso se aportará documento que acredite que se está preparando la exportación legal del vehículo . ¿ Qué documentación es ?
Muchas gracias .