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acidente por obras en la via publica
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TEMA: acidente por obras en la via publica
#6446
acidente por obras en la via publica hace 14 Años, 4 Meses Karma: 0
el pasado dia 5 de agosto,en la hora que tengo para comer en mi jornada laboral,al volber de cafeteria, sufri un accidente en las obras que realiza el ayuntamiento,despues de ser atendido por la mutua de mi enpresa me digeron que fuese al hospital para que me diagnosticasen las lesiones sufridas y que me dieran la baja la seguridad social,porque no hera un acidente laboral,la seguridad social me dice que es conpetencia de la mutua y la mutua me dice que no es innetinere por no tener tal cosideracion por ser en la hora de la comida. tras discusiones con la mutua y la seguridad social, decido quemede de baja la seguridad social en calidad de enfermedad laboral. y queria saber quien es el responsable de mi accidente el ayuntamiento o el seguro de la enpresa que realiza las obras,ya que fue fuera de mi trabajo y que tengo que hacer ya que tengo una fisura en la muñeca y magulladuras en piernas y me inposibilitan para conducir y mas cosas ¡gracias
gutierrez
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#6460
Re: acidente por obras en la via publica hace 14 Años, 4 Meses Karma: 43
En tu caso según lo que nos comentas, pensamos que se trataría de un accidente "in itinere" ya que se considera que si no hubieras tenido que ir a trabajar, no se habría producido la lesión.

Como el trabajador en tu caso tendrías que volver a tu puesto de trabajo después de la comida, y al no haber habido temeridad alguna en tu conducta, se mantiene una causalidad entre el trabajo y el accidente y sí debería considerarse por accidente laboral "in itinere".


En caso de accidente laboral "in itinere" las prestaciones económicas que recibe una persona con incapacidad laboral sería en tu caso las siguientes:

- Derecho al subsidio de incapacidad temporal que nace desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, y queda por tanto a cargo de la empresa el salario íntegro de cada día de baja. El salario se abona mientras se alargue la incapacidad temporal.

Así que dependiendo de cómo lo considere tu empresa, el pago de tu prestación por Incapacidad Temporal corresponderá a:

* Al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
* A la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales

- Imaginamos que habrás hablado con tu empresa para comentar lo sucedido cuanto antes para que puedan tramitar la baja de una forma u otra si no pudieras trabajar.



- Sobre reclamación por daños en Vía pública, te indicamos un enlace donde podrías ver el procedimiento para ello, en el caso de que las obras estuvieran mal señalizadas:

Daños ocasionados por deficiencias en vía pública. ¿Cómo reclamar?

Esperamos que te sea de ayuda.

Salu2
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Última edición: 11/08/2010 08:50 por PreguntasFrecuentes.
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