Saludos foreros.
Os pongo en situación
HECHOS: Estacionamiento en carril de circulación
PRECEPTO INFRINGIDO: Art 94.2.a (Reglamento general de circulación) -> Queda prohibido el estacionamiento en los carriles o parte de las vías reservados exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios.
IMPORTE: 200€
Bueno, pues lo que realmente pasó es que vivo en un barrio residencial a las afueras de la ciudad. Llegue a mi casa tan tranquilo y ese día no me apetecía aparcar en la cochera. Entonces me dispuse a aparcar en la zona de la vía donde las marcas viales te indican que puedes hacerlo pero en ese momento esa fila estaba llena, así que, aparco en el otro lado de la vía donde hasta ahora pensaba que se podía aparcar, por 34razones de peso:
a) Como se puede ver en la foto, las cocheras tienen cartel de vado permanente (Sería una tontería pagar una tasa al ayuntamiento por una acción que está prohibida de por si)
b) Siempre hay coches estacionados en ese lado de la vía. Antes, durante y después de la denuncia.
c) No hay señal de prohibición.
d) Siguen pudiendo pasar dos coches.
Como se puede apreciar en la foto, es una vía de dos carriles y un lado de la vía reservado al estacionamiento.
La duda es entonces, ¿Recurro la multa? ¿En qué artículo me baso? ¿ Qué posibilidades tengo de ganarla ?
Muchas muchas gracias de antenamano, aunque sólo sea por haberos leído el rollazo