Buenos días.
Los vehículos mixto adaptable, para estar exento de liquidar el impuesto de matriculación tiene que transcurrir 4 años y matricularse a nombre de empresa o autónomo, no sería una exención para particulares..
Así que si sólo tiene dos años, sólo podrían vendértelo sin tener que liquidar ese impuesto en el caso de que mantuvieras la condición de ser empresa o autónomo.
Desconocemos cómo van a hacer para transferírtelo sin liquidar ese impuesto si no cumples esa condición.....
En cualquier caso, el obligado al pago de esa liquidación de impuesto sería el primer titular del vehículo, no tú. Así que la responsabilidad de si lo pagan o no, no recaería sobre ti..
Pide Historial de ese coche a Tráfico (sólo tienes que saber la matrícula) para comprobar si son ellos los titulares de ese coche, y si se compró con exención para entender un poco qué está sucediendo.
Salu2!
Fernando:
Hola enhorabuena por su pagina,quiero consultarles que en un concesionario de compra y venta de Madrid. me han ofrecido un vehiculo con menos de 2 años mas barato que su precio normal debido a que esta registrado como mixto adaptable, yo no soy autonomo y me han ofrecido comprar este vehiculo sin pasarlo a turismo, ignoro los chanchullos que esta gente tendra con trafico, pero me hacen la tarsferencia como mixto adaptaable, de hecho me dijeron que la 1ª ITV de los 2 años me la pagarian ellos y que a los 4 la podia pasar como turismo pidiendo un certificado a la casa. Mi pregunta es, quien esta haciendo el delito la casa de compra y venta o yo y que puede implicar esto?
Muchas gracias y un saludo.