Hola.
Mi padre, que ya es muy mayor, quiere poner su vehículo a mi nombre. Visto que el impuesto de donaciones es del 7% y el de transmisiones del 4%, optamos por esta segunda solución.
Mis preguntas son:
¿Necesitamos contrato de compra-venta?
¿En caso afirmativo de la pregunta anterior, podemos fijar la cuantía de la transacción en un valor inferior al de tasación del vehículo? (Sabemos que esto no influye en el impuesto, puesto que creemos que se paga por la valoración de Hacienda)
La pregunta anterior, está vinculada a la siguiente:
¿Si ponemos un valor inferior, al de tasación en la compra-venta, comprador y vendedor tienen que declarar posteriormente algo en el IRPF? (la minusvalía el vendedor o la plusvalía el comprador)
Gracias y saludos.