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ASNEF: Listado de morosos.
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TEMA: ASNEF: Listado de morosos.
#95016
RE: ASNEF: Listado de morosos. hace 11 Años, 9 Meses Karma: 20
Comentario enviado por abel:

wenas estoy en la lista de mororsos en españa y kiero acer un contrato de telefono movil en portugal ayi salgo en las listas de morosos¿?
podria acer el contrato ayi aunke mi deuda sea con vodafon españa puedo acerla en vodafone portugal¿? rogaria respuesta gracias
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#95079
RE: ASNEF: Listado de morosos. hace 11 Años, 9 Meses Karma: 43
Wuenas..

Seguramente no te pongan pegas en Portugal, pero tampoco de lo confirmamos al 100%.

Inténtalo a ver qué te dicen..

Salu2

abel:
wenas estoy en la lista de mororsos en españa y kiero acer un contrato de telefono movil en portugal ayi salgo en las listas de morosos¿?
podria acer el contrato ayi aunke mi deuda sea con vodafon españa puedo acerla en vodafone portugal¿? rogaria respuesta gracias
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#95981
RE: ASNEF: Listado de morosos. hace 11 Años, 9 Meses Karma: 20
Comentario enviado por javi:

Tengo unas dudas:
Si se le debe dinero a una entidad y da por fallido un prestamo (por imposible cobrar)y lo vende a un empresa de recobros: ¿la primera(la original) ya no podrá exigirlo en un futuro al haberla vendido?.
¿Es obligatorio que quien vende la deuda comunique al deudor de manera fehaciente tal venta?
¿La empresa de recobro puede llevar a juicio al moroso, si no tiene datos detallados y precisos que justifique la cantidad que se adeuda(contratos,extratos... teniendo en cuenta el estado actual de la misma?
Gracias.
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#96250
RE: ASNEF: Listado de morosos. hace 11 Años, 9 Meses Karma: 60
1. El que vende la deuda ya no podrá hacer nada, salvo que la vuelva a comprar.

2. No, no tiene porqué.

3. Sí, claro. Cuando le ha vendido la deuda le habrá entregado toda la documentación.

Salu2.

javi:
Tengo unas dudas:
Si se le debe dinero a una entidad y da por fallido un prestamo (por imposible cobrar)y lo vende a un empresa de recobros: ¿la primera(la original) ya no podrá exigirlo en un futuro al haberla vendido?.
¿Es obligatorio que quien vende la deuda comunique al deudor de manera fehaciente tal venta?
¿La empresa de recobro puede llevar a juicio al moroso, si no tiene datos detallados y precisos que justifique la cantidad que se adeuda(contratos,extratos... teniendo en cuenta el estado actual de la misma?
Gracias.
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#97273
RE: ASNEF: Listado de morosos. hace 11 Años, 9 Meses Karma: 20
Comentario enviado por javi:

Gracias por contestar.

No convencen sus respuestas.

2-Una empresa, que compra la deuda de un Sr.X (que la tenia originariamente con otra empresa) debe justificar al Sr. X muchas cosas.Por ejemplo, demostrar legalmente que ahora tiene derecho a exigir esa deuda.Aqui, han de haber unos trámites legales.Llamar a un particular exigiendo un dinero(sin comunicación fehaciente exhortando al pago)por telefono y sin identificarse es extorsión.Otra cosa, la ley de protección de datos si no justifican legalmente, que ostentan esos derechos para exigir un pago:¿Cómo justifican que tienen esa información en su poder?

3-En innumerables casos el deudor, pide la documentación y el estado actual de la deuda a la nueva empresa y no la presentan ni la justifican.Y tampoco denuncian.Si la tuvieran no tendrían mayor problema en utilizarla.Ante los tribunales o al deudor (presunto hay que demostrar las cosas).Una persona que hace un gasto,se le presta un servicio tendrá derecho a una factura,un desglose de la misma,pues la empresa de recobro no tendría que tener problema mayor en presentarla por correo certificado, al presunto deudor(si no hay prueba es presunto).Y esto le serviria como paso previo a la demanda judicial,esto es lo que marca la ley.Pero nada de nada.
anonimo
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#97274
RE: ASNEF: Listado de morosos. hace 11 Años, 9 Meses Karma: 20
Comentario enviado por javi:

Me he informado:
Cuando un empresa de recobros, llame para reclamar una deuda se le puede solicitar copia firmada del contrato de prestación de servicios que les habilita para acceder a nuestros datos personales y cuyas características están reguladas en el artículo 12 de la LOPD.
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#97335
RE: ASNEF: Listado de morosos. hace 11 Años, 9 Meses Karma: 43
Es cierto que en muchos de los casos no se cumple la legalidad exigida. Es un tema en el que hay bastantes lagunas y que en muchos de los casos habría que denunciar ante la LOPD para el cumplimiento de los derechos de los usuarios..

www.preguntasfrecuentes.net/2010/06/10/l...proteccion-de-datos/

javi:
Gracias por contestar.

No convencen sus respuestas.

2-Una empresa, que compra la deuda de un Sr.X (que la tenia originariamente con otra empresa) debe justificar al Sr. X muchas cosas.Por ejemplo, demostrar legalmente que ahora tiene derecho a exigir esa deuda.Aqui, han de haber unos trámites legales.Llamar a un particular exigiendo un dinero(sin comunicación fehaciente exhortando al pago)por telefono y sin identificarse es extorsión.Otra cosa, la ley de protección de datos si no justifican legalmente, que ostentan esos derechos para exigir un pago:¿Cómo justifican que tienen esa información en su poder?

3-En innumerables casos el deudor, pide la documentación y el estado actual de la deuda a la nueva empresa y no la presentan ni la justifican.Y tampoco denuncian.Si la tuvieran no tendrían mayor problema en utilizarla.Ante los tribunales o al deudor (presunto hay que demostrar las cosas).Una persona que hace un gasto,se le presta un servicio tendrá derecho a una factura,un desglose de la misma,pues la empresa de recobro no tendría que tener problema mayor en presentarla por correo certificado, al presunto deudor(si no hay prueba es presunto).Y esto le serviria como paso previo a la demanda judicial,esto es lo que marca la ley.Pero nada de nada.
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#97336
RE: ASNEF: Listado de morosos. hace 11 Años, 9 Meses Karma: 43
Te agradecemos tu información. Será de ayuda a muchos usuarios que se encuentran en casos similares.

Salu2 y esperamos que lo puedas resolver lo mejor posible.

javi:
Me he informado:
Cuando un empresa de recobros, llame para reclamar una deuda se le puede solicitar copia firmada del contrato de prestación de servicios que les habilita para acceder a nuestros datos personales y cuyas características están reguladas en el artículo 12 de la LOPD.
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