Antes de la nómina, van por los bienes:
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www.preguntasfrecuentes.net/2015/09/07/q...-no-pagas-una-deuda/
En cuanto al embargo, no es lo que dices.
Tienes que introducir la renta neta, después de impuestos.
Vamos... lo que recibes en tu cuenta bancaria mensualmente.
Salu2.
sergi:
Buenas, resulta que tengo con esto de la crisis me bajaron el sueldo y lo que pagaba antes (cuotas de tarjetas, préstamo personal...) no puedo afrontarlo ahora. Tengo un sueldo brujo de 33000 €/año. He intentado reunificar mis deudas y pagar una única cuota que se adapte a mis ingresos pero me dicen que no es viable aunque aún no estoy en el registro de morosos. Vivo en casa de familiar y lo unico que tengo a mi nombre son dos vehículos, 1 de ellos financiado aún. Mi pregunta es la siguiente: ¿Me embargarían los vehículos o directamente irán a la nómina? Según lo de arriba por ingresos me embargarían 1024€ no?.