1. Primero los bienes y después el salario.
2. La nómina no se puede embargar todo, sólo lo que figura arriba. Si viene varios embargos, deben de acatar todos los límites anteriores (la suma de todos los embargos no puede superar lo embargable).
Salu2.
MARIANA:
Tengo deudas de tarjeta de crédito y prestamo, además de varios créditos rápidos, pendientes estos disponibles los tuve que solicitar por motivos de salud, ya que mis ingresos viviendo sola no me llegaban,para cubrir todos los gastos corrientes más los gastos de tratamiento mensual, ahora, en estos momentos trabajo mi nómina está sobre 980 euros netos y mis cargas mensuales me acaparan la totalidad de la nómina, me han incluido en fichero de morosidad y me intimidan con llevarme por la via judicial,tengo varias preguntas¿si una de esas entidades a las que les debo, intentara enbargarme,cual es el orden de prelación, bienes muebles e inmuebles y salario o pensión?¿si me embarga una de ellas, hasta que no se acabe de pagar ESE 1ER. EMBARGO PUEDEN SEGUIR EMBARGANDOME EL RESTO? ¿pueden embargar una pensión de orfandad por debajo del salario minimo interprofesional?GRACIAS. UN SALUDO.