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Pensión de orfandad
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TEMA: Pensión de orfandad
#152781
Pensión de orfandad hace 8 Años, 9 Meses Karma: 0
Hola, mi duda es si puedo perder la pensión de orfandad por estar trabajando y solo un mes cobrar por encima del salario mínimo interprofesional. Suelo cobrar sobre 400€ pero por horas extras supero los 650€.

Gracias.
Esmecris
Esmecris
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#153048
Re: Pensión de orfandad hace 8 Años, 9 Meses Karma: 60
Si eres menor de 21, da igual; como no indicas edad te dejo todo el texto sobre la ayuda:


Con carácter general, menores de 21 años o mayores que tengan reducida su capacidad de trabajo en un porcentaje valorado en grado de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez (aplicable desde 02-08-2011).


En los casos de orfandad absoluta (inexistencia de progenitores o adoptantes) y de huérfanos con una discapacidad igual o superior al 33%:

- Cuando el huérfano no efectúe un trabajo lucrativo por cuenta ajena o propia, o cuando realizándolo, los ingresos que obtenga resulten inferiores, en cómputo anual, a la cuantía vigente del SMI que se fije en cada momento, también en cómputo anual, la edad se amplía hasta los 25 años (aplicable desde 02-08-2011).

- Si el huérfano estuviera cursando estudios y cumpliera los 25 años durante el transcurso del curso escolar, la percepción de la pensión de orfandad se mantendrá hasta el día primero del mes inmediatamente posterior al de inicio del siguiente curso académico.


En los casos de orfandad simple (cuando sobreviva uno de los progenitores o adoptantes):

- Si el huérfano no trabaja o sus ingresos son inferiores al SMI, el límite de los 25 años será aplicable a partir de 01-01-2014. Hasta dicha fecha, el límite será: durante el año 2011, 22 años; durante el año 2012, 23 años y, durante 2013, de 24 años.

- Si el huérfano estuviera cursando estudios y cumpliera los 25 años durante el transcurso del curso escolar, la percepción de la pensión de orfandad se mantendrá hasta el día primero del mes inmediatamente posterior al de inicio del siguiente curso académico.
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