Hola Javier.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley de Tráfico a partir del 25 de Mayo, el procedimiento sancionador será de la siguiente forma:
El boletín de denuncia puede ser entregado en mano por el agente de la autoridad si se detiene al vehículo en el momento que ha cometido la infracción o bien puede recibirse por correo postal o correo electrónico (si el ciudadano ha facilitado a Tráfico su dirección electrónica) en el caso de que la infracción haya sido detectada por sistemas automáticos, como los radares fijos.
Con la nueva modificación de la Ley se ha cambiado además el formato del boletín de denuncia y en el reverso del boletín se explican claramente las opciones a las que se puede acoger el denunciado de modo que éste decida qué hacer con la denuncia.
El boletín de denuncia entregado en mano por el Agente es la notificación que abre el plazo de 20 días para pagar la multa o presentar alegaciones.
Si no te tomaron los datos ni te entregaron el boletín, no te preocupes porque lo más probable es que no llegue ninguna multa, y en caso de que así fuera, estarían incumpliendo el nuevo procedimiento sancionador que dicta la Nueva Ley de Tráfico y podrías recurrir.
Pero vamos, estate tranquilo y no te comas la cabeza, porque esta vez has tenido suerte y te librarás.
Salu2!
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Javier:
La semana pasada me salte una señal de prohibido girar a la izquierda, con la mala suerte de toparme de frente con la autoridad, que me solicito la documentacion, pero en ese preciso momento les notificaron por radio una emergencia y se tuvieron que ir sin rellenarme ningun boletin de denuncia, diciendome que tenian prisa y que lo rellenarian cuando tuvieran tiempo, pero que diera por hecho que estaba denunciado. ¿Es legal ese proceder?
Un saludo