Hola. A ver si alguien me puede dar alguna orientación sobre este tema, que yo no tengo ni idea.
Mis viejos tienen un local industrial en alquiler, al año le reportarán unos 12000€ en el mejor de los casos, y hasta ahora cubrían las liquidaciones trimestrales del IVA y el resumen del año.
Sin embargo me he enterado de que existe un impreso más, el 349, para operaciones intracomunitarias. Al parecer esto empezó en el 2011 pero a día de hoy, por puro desconocimiento sobre el asunto, no lo han presentado y Hacienda tampoco de momento lo ha pedido (lo cual casi es lo que más me extraña).
No entiendo muy bien si hay que presentar este impreso cuando tanto el inquilino como el arrendador son españoles o si sólo es en caso de que una de las partes sea extranjera (aunque comunitaria).
En caso de que a partir del año que viene empiecen a presentarlo, ¿qué multa pueden poner por haberlo olvidado estos últimos años?
Gracias y un saludo.