Las deducciones de vivienda habitual no se pierde porque no tengas trabajo. El único problema es que dichas deducciones es una rebaja de la carga tributaria, es decir, si tenías que pagar 100, te lo puede rebajar a pagar 50, por ejemplo.
Teniendo en cuenta este principio, si una persona no tiene que pagar nada, no se podrá deducirse nada.
En el caso que expones, una persona en el paro, sigues tributando en el IRPF: las cuotas del paro llevan retenciones. Por otro lado si tienes ahorros y te está generando renta en
depósitos bancarios o
cuentas remuneradas, u obtención de plusvalías en venta acciones o inmuebles, arrendamiento de vivienda, etc. Todas estas rentas son cargas fiscales que finalmente puede ser reducido por las deducciones de vivienda habitual.
En resúmen, una persona en el paro puede deducirse por vivienda habitual, aunque puede que no se deduzca o le devuelva la totalidad de las deducciones que tenga derecho por no haberlo tributado previamente.
Salu2.