Buenas Tardes, tengo suscrito un Plan de Pensiones que tengo interés en recuperar de forma extraordinaria dada mi situación: parado de larga duración 59 años, no recibiendo ningún tipo prestación ni subsidio, teniendo subscrito un Convenio Especial con la TGSS , con intención de jubilarme anticipadamente con 61 años.
La Entidad Bancaria donde tengo mi Plan de Pensiones me indica que podría recuperar dichos fondos pero solo en un pago único, lo que me supondría una alta fiscalidad al imputarse en un solo ejercicio fiscal, mi interés lógicamente sería recuperarlo en dos anualidades, antes de mi prejubilación a los 61 años como he referido anteriormente. He consultado telefónicamente con la Dirección General de Seguros y fondos de Pensiones y no me han informado de forma concisa si puedo o no recuperarlo de forma que no sea en un solo pago, tan solo me han indicado que solicite a la Entidad Financiera me informe por escrito de dicha contingencia y que presente la oportuna reclamación si fuera oportuno, por lo que no entiendo nada de nada, supongo que habrá una legislación o normativa genérica para todo tipo de Plan de Pensiones con respeto al supuesto mencionado.
Agradecería cualquier información o sugerencia.