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EMVARGO DE VIVIENDA POR PARTE DE AGENCIA TRIBUTARIA
(1 viendo) (1) Invitado
Foro fiscal: declaraciones de la renta, guía fiscal, problemas con hacienda, tramites fiscales.
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TEMA: EMVARGO DE VIVIENDA POR PARTE DE AGENCIA TRIBUTARIA
#120726
EMVARGO DE VIVIENDA POR PARTE DE AGENCIA TRIBUTARIA hace 10 Años, 9 Meses Karma: 0
Tengo un embargo de mi vivienda por parte de hacienda estoy casado en gananciales me pueden embargar el 100% o solamente el 50% pues la deuda es de una s.l que tenia y de la cual me han echo subsidiario .pero mi mujer no tiene nada que ver en la s.l.
Me han comentado que pueden embargar el 50% pero hacienda me embarga el 100%.Que puedo hacer?
cal
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#120727
Re: EMVARGO DE VIVIENDA POR PARTE DE AGENCIA TRIBUTARIA hace 10 Años, 9 Meses Karma: 60
El 50%.

Búscate ayuda profesional.

Salu2.
tucapital.es
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#120788
Re: EMVARGO DE VIVIENDA POR PARTE DE AGENCIA TRIBUTARIA hace 10 Años, 9 Meses Karma: 0
gracias asi lo hare pero en hacienda me dicen que si pueden embargar el 100% no lo entiendo
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#120789
Re: EMVARGO DE VIVIENDA POR PARTE DE AGENCIA TRIBUTARIA hace 10 Años, 9 Meses Karma: 0
gracias asi lo hare pero en hacienda me dicen que si pueden embargar el 100% no lo entiendo

Leer más: foros.tucapital.es/foros/hacienda/120726...120788#ixzz2vprTvneY
cal
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#120791
Re: EMVARGO DE VIVIENDA POR PARTE DE AGENCIA TRIBUTARIA hace 10 Años, 9 Meses Karma: 30
Cuidado...

La vivienda al ser un bien ganancial, pertenece a los 2 al 50%. Si uno de los cónyuges tuviera que hacer frente de una deuda (privativa), le puede embargar su parte del 50% sin poder tocar el 50% del cónyuge.

El problema viene, cuando la deuda sea también gananciales, en tal, caso, ambos cónyuges tienen que hacer frente a la deuda, y por lo tanto, le puede embargar el 100% de la vivienda.

Según tu pregunta, no dejas claro, el origen de dicho embargo, y por lo tanto, es difícil decirte si te pueden embargar el 50% o el 100% de la vivienda.

Salu2
asepro
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#120868
Re: EMVARGO DE VIVIENDA POR PARTE DE AGENCIA TRIBUTARIA hace 10 Años, 9 Meses Karma: 0
el embargo es por una s.l que tenia junto con otros dos socios . a la empresa nos dejaron a deber casi un millon de euros por lo que no fuimos capaces de pagar a hacienda.La s.l estaba formada como dije anteriormente por dos socios y yo pero no figuraban las mujeres solamente como conyuges se los administradores solidarios. La sociedad al no tener bienes derivan la responsabilidad a los administradores solidarios en este caso los tres socios.hacienda nos reclama a nosotros personalmente como responsables subsidiarios.Es mas las notificaciones de embargo no me llegaron pues habia un error en el registro catastral y las estaban enviando a otro domicilio con lo que yo no tuve notificacion hasta que lo notificaron a nombre de mi mujer como conyuge del obligado al pago pero nunca pone como imputada, lo comente en hacienda y no me hicieron caso dicen que ellos las han mandado y en caso de no haberlas recibido no es problema suyo pues lo publican en el boe.Tambien les comente que como puede ser que con lo que me deben no vayan primero a por los creditos que me deben y me dicen que esos creditos es dificil que se cobren por lo que van a por los administradores de la s.l . Me reclaman mas de 500000€ entre iva no pagado sanciones y demas ,pero sigo pensando que en el supuesto que fuera responsable lo deseria solamente yo y mis socios pero no las mujeres.El caso es que ya han inscrito el embargo en el registro como definitivo pues como comente antes las notificaciones anteriores de embargo preventivo nunca me llegaron y no pude alegar nada.Ademas creo que antes de embargar la parte de mi mujer se lo tienen que notificar como imputada no como conyuge del obligado al pago, con lo que ella debe de estar en su derecho de recurrir ante los tribunales a lo que ellos responden que al estar en bienes gananciales no tiene derecho. Ya le digo la deuda es de una s.l de la que me declarar responsable como administrador.
cal
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