Hola
Les planteo una cuestión que no me queda clara.
Soy un profesional autonomo de los que debo realizar las facturas con retencion, para que el cliente sea el que me retenga y lo liquide luego a la Hacienda.
La cuestión es que mi Gestor me ha indicado que en realidad yo no estoy obligado a reflejar en mis facturas esa retención y que es obligación de mi cliente el retenerme y de preguntarme si tiene duda sobre mi condición de autonomo del grupo 2.
Y ademas me dice que en caso de problemas con Hacienda, a mi no me sancionarian sino que es a mi cliente a quien le reclamaria hacienda esas retenciones no efectuadas.
Claro que evidentemente luego mi cliente me las reclamaría a mi, se las debería de abonar y acto seguido hacer una rectificación de mi declaración de Irpf ante hacienda.
Vamos un lio.
Mi pregunta es bien sencilla. Que me conteste el que lo sepa a ciencia cierta no el que lo crea solo porque sea logico. ¿Estoy obligado ó no por ley a reflejar en mis facturas la retencion que el cliente me debe de efectuar?
Saludos y gracias.