Hola,
Tengo que hacer próximamente el impuesto de sucesiones por fallecimiento del conyuge con la cual tenia régimen de gananciales.
¿Tengo que declarar el 50% que le corresponde a ella o el 100%?
En las cuentas bancarias hay una que a su fallecimiento estaba solo a mi nombre y anteriormente a nombre de los dos. (Como se declara?
También tenemos unos dineros en Francia a nombre de los dos. ¿ Hay que declararlos aquí o en Francia, es poco y está comunicado en su día al Banco de España cuando se hizo el traspaso por estar interesados en aquel momento en dar la entrada para adquirir un apartamento que no llevó a efecto, y declarados los rendimientos en el IRPF.
Y por último la herencia de mis padres y de los suyos ¿hay que declararlos también? Por mi parte es 1 piso de pueblo y por la suya 1/3 de una vivienda.
Atentamente,
Lucas