Independientemente de los ingresos que hayas tenido, y aunque estos no superen el límite, sólo por beneficiarte del PIVE estás obligado a presentar la Declaración de la Renta y tributar por esa ayuda.
Hay que hacer Declaración sí o sí.
Sino Hacienda en los siguientes años te pedirá cuentas, tal como está sucediendo ahora con los que lo aplicaron en 2012 y 2013 y no lo declararon y que puedes ver en:
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www.preguntasfrecuentes.net/2016/05/05/c...raron-consecuencias/
Salu2
bender:
Quisiera que me explicaran en su caso práctico de esta página que un trabajador que no excede los 22.000E y cobra de un único pagador; que tiene unos rendimientos de capital y ganancias sujetos a retención inferiores a 1.600E, si cobra el PIVE de 1.000E tiene la obligación de declarar.
En definitiva si se cobra el PIVE de 1.000E en 2015 y has tenido una ganancia de 0,01E por cualquier otro motivo (trabajo, pensión, intereses...) tienes que hacer la declaración 2016, sí o sí.
¿Estoy en lo cierto?
Gracias.