Comentario enviado por José Luis:
Hola, he recibido una notificación de requerimiento de bienes del Ayto. de Cuenca, la cual hace referencia a una multa, no se el motivo de la misma, parece ser de año 2008, la fecha de fin del periodo voluntario fue el 06/07/2009, la fecha del apremio 28/05/2010. y fue impresa el 05/02/2015. En concepto e información tributaria viene una calle que no existe (a fecha de hoy) en ese municipio.
Mis dudas son las siguientes:
1º¿no debería haber recibido alguna notificación de la multa? (es la primera notificación que tengo)
2º ¿no prescriben las multas?
3º ¿Qué procede hacer ahora ya que según la notificación no cabe recurso alguno?
Gracias.