Si no tienes nada, no te puede embargar nada... así que esa es la única solución que existe actualmente.
Si comienzas a trabajar, te embargará su futuro sueldo, pero no deberían de embargar todo, sino sólo uan parte:
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www.preguntasfrecuentes.net/2010/03/30/l...y-embargo-de-bienes/
Salu2.
Funktion:
Debo 570 eur en concepto de IRPF a la Agencia tributaria. Como me quedé sin trabajo, no lo pude pagar. Solicité el fraccionamiento y ahora la cuantía es de 740 eur a pagar en "cómodos plazos". El primer plazo vence en Enero y sigo sin tener trabajo, por lo que me han indicado que me van a embargar. Parece que no me dan opción a volver a aplazar los pagos. ¿Eso es así, verdaderamente la administración no te da opción a retrasarlo?
No tengo bienes ni dinero en mi cuenta bancaria. Si consigo un trabajo, ¿le van a informar a mi empleador que estoy embargada? ¿Cual es el porcentaje del sueldo que me embargan?
Gracias!