Buenos dias señor@s, solicito su ayuda para un problema con la administracion, un amigo me pide informacion y yo no encuentro en la LEC 1/2000 por donde ayudarle.
El caso es que la Conselleria de Hacienda(Valencia) le solicita recargo por extemporaneidad en la presentacion de la liquidacion de una herencia con sus hermanos. El problema está en la fecha que la Administración considera de devengo del impuesto; uno de los hermanos renució durante proceso judicial, ya que el reparto se hizo por división judicial ante discrepancias entre los herederos. Pues la Administración establece como fecha de devengo el dia de la renuncia ante el juez, pero mi amigo y yo creemos que esto era un proceso judicial que interrumpe plazos y que el devengo se dió cuando se firmó en notaria el cuaderno particional, lo otro no deja de ser el manifiesto de una intención sujeta a decisión judicial que debe interrumpir plazos hasta que se haga el reparto efectivo y protocolarizado, no se podia presentar ninguna liquidación mientras las diligencias judiciales se estaban practicando. O como mucho la fecha del auto que aprobó dicha división en la que se instaba la espera de designación de notaria.
Quisiera que me ayudaran a fundamentar la presentación de recurso potestavivo de reposición que presentare ante la Administración.
Agradecido, reciban un cordial saludo.