Si el ayuntamiento no te ha remitido el pago del Impuesto de circulación durante 10 años,y el propietario del vehiculo no lo ha pagado. El propietario a que está obligado a pagar:
- Los 7 años.
- Los 4 Años no prescritos.
- El último año.
Esto puede ser debido a El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica entró en vigor el 1 de enero de 1990, viniendo a sustituir al Impuesto de Circulación de Vehículos.
Algunos vehículos no figuran en la Matrícula General del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. En estos casos, al dar de alta el vehículo en el nuevo Impuesto, el Ayuntamiento liquida los cuatro últimos años no prescritos.