Comentario enviado por juan:
Buenas,
Tengo una pregunta: leyendo la deducción por alquiler de la vivienda habitual en la parte estatal (página 478 de la ayuda que ofrece la agencia tributaria) se especifica lo siguiente: "sin perjuicio de la deducción por alquiler de vivienda habitual que, en su caso, hubiese aprobado cada Comunidad Autónoma para el ejercicio 2011, los contribuyentes podrán deducir el 10,05 por 100 de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, siempre que su Base Imponible (suma casillas 455 y 465) sea inferior a 24.107,20 euros anuales".
Hasta aquí lo tengo claro, pero en la parte autonómica (en este caso Catalunya) se especifica: " El 10 por 100 de las cantidades satisfechas en el período impositivo en concepto de alquiler de la vivienda habitual, con el límite máximo de 300 euros anuales, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
a)Que el contribuyente se halle en alguna de las situaciones siguientes:
- Tener 32 o menos años de edad
- Haber estado en paro durante 183 días o más durante el ejercicio
- Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100
- Ser viudo o viuda y tener 65 años o más
b)Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente menos el mínimo personal y familiar, suma de las casillas 455 y 465 de la página 10 menos el importe de la casilla 679 de la página 12 de la declaración, no supere 20.000 euros anuales.
c) Que las cantidades satisfechas en concepto de alquiler exceden del 10 por 100 de los rendimientos netos del contribuyente.
Mi pregunta es la siguiente: si pago 6.000 euros al año de alquiler por un piso en Cataluña y mi base imponible ronda los 14.000 euros (trabajo todo el año y tengo 35 años sin discapacidad ninguna) tengo claro que me puedo deducir la cuota estatal pero en cuanto a la cuota autonómica ¿hay que cumplir los puntos a, b y c ó por el contrario si sólo cumplo los puntos b y c (no cumplo ningún apartado del punto a)tengo derecho a la deducción autonómica?
Gracias