Carlos escribió:
Comentario enviado por Carlos:
Mi mujer tiene una Pensiones de la Seguridad Social por incapacidad permanente absoluta y gran invalidez.
Yo tengo ingresos normales, con sus retenciones.... si hacemos la declaracion conjunta, tengo que indicar los ingresos de ella?
gracias
No, las prestaciones reconocidas al contribuyente por la Seguridad Social o por las entidades que la sustituyan, como consecuencia de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez están exentas. La exención afecta tanto a las prestaciones percibidas de la Seguridad Social en su modalidad contributiva como en su modalidad no contributiva.
Un saludo