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Hacienda y el silencio administrativo
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Foro fiscal: declaraciones de la renta, guía fiscal, problemas con hacienda, tramites fiscales.
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TEMA: Hacienda y el silencio administrativo
#50139
Hacienda y el silencio administrativo hace 13 Años Karma: 0
Apreciados amigos/as del foro:

He intentado buscar la respuesta por mí mismo pero el lenguaje jurídico de los libros me resulta poco claro. El asunto que me gustaría consultar es este:

Hacienda me ha hecho dos requerimientos para verificar datos de la declaración de 2009; en concreto Hacienda quiere saber si una beca que me concedió un organismo de la administración autonómica valenciana está exenta o no de ser declarada como rendimientos del trabajo. Atendí el primer requerimiento sobre este asunto y luego me mandaron otro en mayo pasado que atendí inmediatamente. Ya han pasado 6 meses desde el último requerimiento y no he obtenido respuesta alguna. ¿Qué se supone que sucede ahora? ¿Hacienda no tiene un plazo para resolver sus procedimientos?

Supuestamente son seis los meses que tiene Hacienda para resolver un asunto desde que manda un requerimiento y luego caduca, pero la Agencia Tributaria puede volver a iniciarlo; todo eso resulta desconcertante y desquiciante.

Hacienda me tiene retenido bastante dinero y es mucha la angustia que me produce este asunto; agradeceré muchísimo cualquier información sobre qué hacer con este tema o si todo lo que puedo hacer es esperar.

Saludos cordiales, Josep.
Josep Balansó
Josep Balansó
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#50144
Re: Hacienda y el silencio administrativo hace 13 Años Karma: 67
Te puede volver a requerir por las declaraciones de los últimos 4 años, siempre que quieran.

Salu2.
euribor
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#50151
Re: Hacienda y el silencio administrativo hace 13 Años Karma: 0
Hola, usuri@:


Creo que no me expliqué bien: mi duda es cuánto tiempo tiene Hacienda para resolver un procedimiento que ellos mismos han comenzando. Hace 6 meses que me hicieron un requerimiento que ya atendí y no he recibido noticia alguna sobre el tema. Se supone que el procedimiento de verificación caduca a los 6 meses aunque Hacienda puede reabrirlo (no prescribe durante 4 años como usted me señaló). Dicho esto, ¿no hay nada que pueda hacer el ciudadano para solicitar que el procedimiento se resuelva? ¿Hacienda no tiene un plazo para responder cuando se le entrega la información requerida?


¡Muchas gracias!

J.
Josep Balansó
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#50152
Re: Hacienda y el silencio administrativo hace 13 Años Karma: 67
La Administración está obligada a dictar una resolución expresa en todos los procedimientos administrativos, independientemente de que éstos se inicien a instancias de los interesados o de la propia Administración.

El plazo máximo en el que la Administración debe comunicar la resolución, viene determinado en cada caso concreto, sin que se pueda superar los 6 meses. Si no se regula el plazo máximo de resolución, éste será de 3 meses.

La Administración tiene la obligación de informar sobre el tiempo máximo en el que está obligada a resolver y de los efectos que puede producir la falta de resolución, esto es, el silencio administrativo.

El plazo que tiene la Administración para resolver puede suspenderse en los siguientes casos:

- Cuando requiere al interesado para que subsane deficiencias en su solicitud o aporte documentos a la misma.

- Cuando es necesario unir al expediente administrativo informes o deban practicarse pruebas o análisis.

- Cuando se inicien negociaciones para elaborar un pacto o convenio que ponga fin al procedimiento.

También puede acordarse una ampliación del plazo para resolver, en cuyo caso tendrá carácter extraordinario y su duración no podrá sobrepasar el tiempo establecido para la tramitación de todo el expediente.
euribor
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#50297
Re: Hacienda y el silencio administrativo hace 13 Años Karma: 0
Hola, Karma:


Muchas gracias por la información. Como decía ya han pasado 6 meses desde que atendí un requerimiento de Hacienda y aporté la documentación que me pidieron y no he tenido ninguna respuesta. Por lo que he leído en varios textos la Agencia Tributaria tiene medios para evitar que el proceso prescriba y da igual que no resuelvan en 6 meses, lo reabren y así pueden dilatar los plazos hasta 4 años como máximo. Me parece una verdadera indecencia.

¡Gracias de nuevo!
Josep Balansó
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