Mi pregunta es la siguiente: En la declaración del IRPF de este año no pude hacer la deducción por alquier de vivienda habitual por sobrepasar la base imponible fijada como limite. Me informaron que mi esposa en su borrador sí podía incluir tal deducción, lo que así hicimos. Pasado un tiempo la AEAT dio por bueno ese borrador y le ha devuelto a mi esposa la cantidad que correspondía. Al día de hoy me comentan que mi esposa sólo tenía derecho a consignar el 50% de la cantidad que pagamos por alquiler (cosa que al principio nadie me informó así).
¿Es cierto que mi esposa sólo podía haber reflejado el 50%?
¿Después de haber devuelto la AEAT la cantidad que procedía, qué puede suceder?
Muchas gracias.
Manuel Alvarez