RE: Guía fiscal 2012: Deducciones autonómicas de la Declaración de la Renta 2012 hace 11 Años, 11 Meses
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Comentario enviado por JRR:
Hola, a final de Octubre 2012 fuy despedido y estoy cobrando el desempleo, tengo un prestamo personal que estoy pagando, con un seguro de vida, accidente y desempleo, por lo que desde noviembre me estan abonando la cuota del prestamo personal.
¿Tengo que incluir en la declaración el importe de me esta abonando la compañia de seguros?
Gracias
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RE: Guía fiscal 2012: Deducciones autonómicas de la Declaración de la Renta 2012 hace 11 Años, 11 Meses
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Comentario enviado por PEDRO LAZARO MORON:
Hola, estoy casado y tengo dos hijas, la menor tiene una discapacidad del 33%; obtuvimos el título de familia numerosa y vivo en Barcelona.
¿Tengo alguna deducción por familia numerosa?
Gracias
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RE: Guía fiscal 2012: Deducciones autonómicas de la Declaración de la Renta 2012 hace 11 Años, 11 Meses
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Comentario enviado por JAVIER GONZALEZ:
Hola, vivo con mi pareja y nuestra hija menor en un piso propiedad de mi pareja. Me desgravaría algo por vivienda habitual?
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RE: Guía fiscal 2012: Deducciones autonómicas de la Declaración de la Renta 2012 hace 11 Años, 11 Meses
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Yo creo que sí, aunque no te sabría decir en qué concepto.
Lo consulto y te lo digo.
Salu2.
JRR:
Hola, a final de Octubre 2012 fuy despedido y estoy cobrando el desempleo, tengo un prestamo personal que estoy pagando, con un seguro de vida, accidente y desempleo, por lo que desde noviembre me estan abonando la cuota del prestamo personal.
¿Tengo que incluir en la declaración el importe de me esta abonando la compañia de seguros?
Gracias
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RE: Guía fiscal 2012: Deducciones autonómicas de la Declaración de la Renta 2012 hace 11 Años, 11 Meses
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Se considera una ganancia patrimonial y tributa en la base general de la Renta al mismo tipo que la prestación que por desempleo o baja de la seguridad social, siendo el tipo mínimo del 24,75%.
Tiense que descontar del importe cobrado la prima anual pagada del seguro para disminuir la tributación.
131229-SEGURO DE AMORTIZACIÓN DE CRÉDITOS POR DESEMPLEO
Pregunta
¿Cuál es el tratamiento, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de las cantidades percibidas de un contrato de seguro que cubre el pago de las cuotas, intereses y amortización, de un préstamo hipotecario, en el caso de producirse en el tomador del seguro y asegurado la contingencia de desempleo?
Respuesta
Hay que diferenciar dos supuestos según que la beneficiara del seguro sea la entidad financiera con la que se concertó el préstamo hipotecario, o el beneficiario sea el propio asegurado:
Si la beneficiaria es la entidad acreedora del asegurado. Se produce una ganancia patrimonial para la persona física deudora, igual al importe de la prestación satisfecha por la entidad aseguradora a la entidad de crédito.
Si el beneficiario es el tomador del seguro y asegurado, el rendimiento derivado de la indemnización percibida de este contrato de seguro generará una renta que se calificará como ganancia patrimonial, que se calculará por diferencia entre la prestación percibida y el importe de la prima o primas satisfechas que hayan dado lugar a la misma. En el supuesto de seguros anuales renovables la ganancia patrimonial se calculará por la diferencia entre la prestación percibida y el importe de la prima del año en curso.
En ambos casos esta ganancia patrimonial se integrará en la parte general de la base imponible de acuerdo con lo previsto en el artículo 48.b) de la Ley 35/2006.
Normativa/Doctrina
Artículo 33 .1 Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0002 - 2001 , de 22 de febrero de 2001
JRR:
Hola, a final de Octubre 2012 fuy despedido y estoy cobrando el desempleo, tengo un prestamo personal que estoy pagando, con un seguro de vida, accidente y desempleo, por lo que desde noviembre me estan abonando la cuota del prestamo personal.
¿Tengo que incluir en la declaración el importe de me esta abonando la compañia de seguros?
Gracias
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RE: Guía fiscal 2012: Deducciones autonómicas de la Declaración de la Renta 2012 hace 11 Años, 11 Meses
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Deducción en sí, creo que no. Pero sí que te beneficias de alguna reducción, que se hace de forma automática cuando incluyes a todos los miembros de la unidad familiar.
Salu2.
PEDRO LAZARO MORON:
Hola, estoy casado y tengo dos hijas, la menor tiene una discapacidad del 33%; obtuvimos el título de familia numerosa y vivo en Barcelona.
¿Tengo alguna deducción por familia numerosa?
Gracias
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RE: Guía fiscal 2012: Deducciones autonómicas de la Declaración de la Renta 2012 hace 11 Años, 11 Meses
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La vivienda no es tuya, se lo podrá desgravar tu pareja.
Si estuvierais casados y en régimen gananciales, entonces os podrías desgravar cada uno el 50% de la cuantía de la hipoteca anual que paguéis.
Salu2.
JAVIER GONZALEZ:
Hola, vivo con mi pareja y nuestra hija menor en un piso propiedad de mi pareja. Me desgravaría algo por vivienda habitual?
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RE: Guía fiscal 2012: Deducciones autonómicas de la Declaración de la Renta 2012 hace 11 Años, 11 Meses
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Comentario enviado por francesc:
el año pasado gane 13.456 euros estube 9 meses en paro y 3 meses trabajando en dos sitios diferentes y segun el borrador e de pagar 1.475 euros puede ser¿
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