Comentario enviado por JOSE ANTONIO:
Buenos días. Quería preguntarles lo siguiente:
Compré una vivienda en octubre de 2010. En la declaración de la renta de 2011 (correspondiente al ejercicio 2010) me practiqué la correspondiente deducción por adquisición de vivienda habitual. Lo mismo hice en la declaración de renta de 2012 (correspondiente al ejercicicio 2011).
Resulta que la agencia tributaria considera que ambas deducciones no son correctas y debo devolver lo deducido de los ejercicios 2010 y 2011 más intereses más la correspondiente sanción, puesto que mis consumos de suministros considera la agencia que son muy bajos.
Hasta aquí todo claro. En el ejercicio pasado 2012 tampoco he tenido unos consumos de suministros aceptables por lo que no podré deducirme cuando realice la declaración este año.
Mi pregunta es la siguiente:
Si durante este año 2013 tengo unos consumos de suministros razonables y estoy empadronado, etc, ¿PUEDO DEDUCIRME POR ADQUISICIÓN DE VIVIENDA HABITUAL CUANDO REALICE LA DECLARACIÓN EN 2014, AHORA QUE SE HA ELIMINADO LA DEDUCCIÓN POR VIVIENDA?
Muchas gracias anticipadas por responderme.
Reciban un saludo.