Si no vendes la vieja, no tienes que pagar nada.
Tan sólo que a partir de ahora dejar de ser tu vivienda habitual y será una vivienda a disposición. Por tener una vivienda a disposición tiene una rentes imputadas, entorno al 1% sobre el valor catastral.
Es decir, se considera que generas una rentas del 1% del valor catastral. Dicha renta tributa en el IRPF al tipo marginal:
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www.preguntasfrecuentes.net/2012/10/23/t...ta-un-7-mas-a-pagar/
Salu2.
Eduardo Mario:
Hola, me gustaría me informaran si teniendo una vivienda ya pagada,si compro una nueva y la declaro como vivienda habitual, que impuestos tendría que pagar por la vieja,y si la nueva me desgrava hasta tanto pueda vender la vieja.gracias.