Hola a todos!! Acabo de recibir una notificación de liquidación provisional de Hacienda en la que me resulta a pagar casi 2.000 euros, cuando en la declaración presentada me salían casi 300 a devolver, o sea que ya podeis imaginaros cual es mi sorpresa. Os cuento un poco la historia y haber si me podeis ayudar en algo. Para empezar deciros que soy funcionario de carrera y por razones de mi puesto de trabajo estoy obligado a tener vivienda en el término municipal en donde estoy destinado para lo cuál poseo un piso en alquiler en el que estoy empadronado y donde tengo el domicilio fiscal. Al mismo tiempo convivo con mis abuelos en su casa la mayor parte del tiempo, pues trabajo siete días y luego descanso otros siete, es decir, por cada día trabajado genero uno de descanso, aún así, en la semana de trabajo mi jornada laboral es de 6 horas casi siempre nocturnas por lo que hay días en la semana de trabajo que también voy a almorzar, cenar, hacer compras o incluso llevar a mis abuelos a los médicos dependiendo de mis horarios de trabajo, pues su casa está a unos 12 km de mi puesto de trabajo, ellos tienen 85 y 81 años, viven solos y la salud no les acompaña mucho, es más, mi abuela tiene una minusvalía reconocida del 65% y mi abuelo está encamado. Con todo esto quiero contaros que desde que estoy en el actual destino llevo metiendo a mis abuelos en la declaración para que me deduzcan por ascendientes, y al mismo tiempo también desgravo por la vivienda en alquiler. Hace días recibí notificación de Hacienda en la que me solicitaba que aportara certificado de convivencia con mis abuelos así como certificado de minusvalía de mi abuela. El ayuntamiento en el que residen mis abuelos emite un certificado de convivencia basado en un informe de la policía local en el que afirma que llevo tiempo conviviendo con ellos, ello despues de realizar las averiguaciones oportunas al respecto, el cuál lo aporto a Hacienda dentro del plazo habilitado. Al mismo tiempo presento mi certificado de empadronamiento expedido por el ayuntamiento donde tengo el domicilio laboral. En principio la ley IRPF dice que para beneficiarse de la deducción por ascendientes debes convivir con ellos al menos la mitad del año impositivo por lo que entiendo que no estás obligado a empadronarte en el mismo domicilio, cosa que demuestro aportando el citado certificado de convivencia, por lo que creí tener resuelto el problema, pero cuál es mi sorpresa que en el día de hoy recibo notificación de Hacienda con liquidación provisional en la cuál me dice que no tengo derecho a la deducción por ascendientes a cargo, por lo que me parece un atropello en toda regla. Muchas gracias de antemano y a ver si alguién me puede echar una mano al respecto.