Buenas tardes!. Antes de nada daros la enhorabuena por vuestra FORO porque ayudais a mucha gente en momentos dificiles.
Quería explicarte mi caso, En el año 2007 vendi mi vivienda habitual, de la cual saque una ganancia, la cual en la declaración se puso que iba a reinvertir en los próximos dos años. Al año me compre un piso que iban a dar las llaves en breve( con lo que estabamos dentro del plazo). El problema viene cuando empieza a demorarse la firma de la escritura y se nos pasaron los 2 años legales para hacerlo. A partir de ahi, mi asesor me recomienda q no me deduzca absolutamente nada en las próximas declaraciones para ver si no levantamos ninguna "sospecha" y pasamos desapercibidos en ese temita. Asi lo hicimos y a dia de hoy aun no he recibido ningun requerimiento ni nada por el estilo.
Mi pregunta es, se que son 4 ejercicios en circunstancias normales, pero al ser reinversión cuentan a partir de esos dos años?, en realidad son 6?. Si en el ejercicio 2007 fue la ganancia, en que ejercicio ya no podrian reclamarme nada?. En las declaraciones 2008, 2009, 2010, 2011 me salio a pagar una cantidad mínima. Si al final saliera mal, cual seria la multa y los intereses de demora aproximados?, el beneficio fueron 40.000 Euros. MUCHAS GRACIAS.