¿Como declaro ingresos por publicidad admob? hace 12 Años, 1 Mes
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Buenas,
He mirado en varias web y he preguntado en varios foros pero nadie me ha podido resolver la duda de forma clara, dan rodeos y no llegan a contestar. Tengo un par de aplicaciones en el market de google para móviles, las aplicaciones son gratuitas pero ingreso dinero mensualmente por los click. ¿Como debo de declararlo? Soy trabajador por cuenta ajena en una empresa y estos no son mis ingresos principales, no superan mi sueldo. Cuando termine el año calculo que habré ganado unos 3200 dolares en total por publicidad si la cosa se mantiene.
Saludos y gracias
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kjula
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Re: ¿Como declaro ingresos por publicidad admob? hace 12 Años, 1 Mes
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1. Tienes que darte de alta en autónomos: pagar 250 euros mensuales de cuota.
2. Darte de alta en actividades económicas: epígrafe 720 o similar.
3. Hacer declaraciones trimestrales (modelos 130, 303, 130 y 349) además de los resumenes anuales e incluir las rentas en la declaración anual de la renta en el apartado de actividades económicas.
Lo que pasa es que si los ingresos son inferiores a los 250 euros (coste de las cuotas), mucha gente no se da de alta, pero que sepas que estás cometiendo un fraude fiscal y podría pillarte por las transferencia mensuales que te envía Google.
Salu2.
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Última edición: 26/11/2012 12:06 por tucapital.es.
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Re: ¿Como declaro ingresos por publicidad admob? hace 12 Años, 1 Mes
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Y no hay ninguna otra forma, es que eso es inviable. No salen las cuentas, no ganaría dinero sino que me costaría dinero, seguramente tenga meses que gane menos que otro, hasta que pasen de moda y no gane nada con ellas, como voy a darme de alta si gano 50 euros.
He leído algo de como no es tu fuente de ingreso habitual, se puede declarar mediante el modelo 100 y meterlo dentro del IRPF o algo así, ¿sería correcto esta forma?
"Edito"
He encontrado esto en una web, parece que se puede “solicitar autorización por escrito a la TGSS que no exima de la obligación de cotizar en autónomos”:
Solicitamos nuestra alta en Hacienda, presentando el correspondiente modelo 036 e identificando la actividad empresarial o profesional que vayamos a desempeñar.
Una vez cursada el ata, prepararemos un escrito dirigido a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de nuestra provincia.
En este escrito explicaremos con detalle, cual es nuestra fuente de ingresos empresarial, dígase escritor en blog, publicidad de Adsense o gestión de páginas webs por citar algunos ejemplos. Debemos adjuntar copia del alta en Hacienda.
Es muy importante que ésta actividad no sea la principal fuente de ingresos y que estimemos la cantidad mensual de dinero que nos reportarán estas actividades, así como el tiempo en horas mensual que dedicamos.
En un corto plazo de tiempo (10 – 15 días), la TGSS nos va a responder si nos exime de cotizar en autónomos o no. Lo normal es que si la estimación de ingresos es baja (supongamos 400 euros al mes), y la dedicación es de unas 40 horas mensuales, si contamos con un trabajo como fuente principal de ingresos no se nos exija el alta en autónomos.
Los fundamentos jurídicos que sustentan este procedimiento son los principios de capacidad económica marcados por el Art 31.1 de la Constitución. Además, existe la consideración de habitualidad que marca la obligación de cotizar en autónomos. Es decir, pesa mucho en la decisión el desempeño habitual de estas actividades o no.
Saludos
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kjula
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Última edición: 26/11/2012 12:47 por kjula.Razón: He encontrado información adicional
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Re: ¿Como declaro ingresos por publicidad admob? hace 12 Años
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1. El problema es que es un ingreso habitual (poco pero son todos los meses).
2. La segunda parte no sé qué decirte. En nuestros comienzos también tuvimos estas dudas, e hicimos consultas a asesorías, en la Agencia Tributaria e incluso llamamos a un programa de la radio con un consultorio fiscal, y todos nos respondieron lo mismo: lo que te dijimos en nuestro primer post.
En cuanto a lo segundo, vete a una asesoría fiscal y consultale si es viable, el coste será de 100 euros o poco más, pero ya te garantizas de que si lo haces, lo estarás defraudando a Hacienda y te evitas cualquier problema.
Salu2.
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