La condición de familia numerosa, a efectos de justificar la gratuidad de la tasa, se acreditará mediante la presentación del Carné o Título de Familia numerosa del solicitante en vigor expedidos al amparo de la Ley 40/2003 de 18 de noviembre de protección a las familias numerosas y su reglamento RD 1621/2005 de 30 de diciembre. En dicho título aparecerán todos los componentes de dicha unidad familiar. También se podrá presentar el carné individual de familia numerosa del titular del documento a obtener, ya sea mayor o menor de edad.
Salu2.
Daniela:
Hola que tal buenos dias mi nombre es daniela ...Tengo una incomodidad..
Tengo el carnet de familia numerosa y una hija de 1 año pero a ella no le permiten tener por la edad.
Y kiero renovar su pasaporte ..puedo utilizar mi targeta de familia numerosa para hacerlo??????