Bienvenido, Invitado
Por favor Entrar o Registrarse.    Contraseña olvidada?

Morosos a la Mínima
(1 viendo) (1) Invitado
AbajoPágina: 1
TEMA: Morosos a la Mínima
#22476
Morosos a la Mínima hace 13 Años, 11 Meses Karma: 30
El Tribunal Supremo ha dictado varias sentencias que modifican el Reglamento de Protección de Datos Personales que permite la inclusión de una persona en la lista de morosos incluso cuando éste ha entablado una reclamación contra la deuda:

- www.preguntasfrecuentes.net/2010/12/27/a...na-lista-de-morosos/

Salu2.
asepro
asepro
Mensajes: 1536
graphgraph
Puntos: 6980
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#22712
RE: Ahora es todavía más fácil aparecer en una lista de morosos hace 13 Años, 11 Meses Karma: 20
Comentario enviado por pep:

las deudas de un miembre de una asociacion civil, ¿pueden publicarse en el tablón de anuncios de dicha asociación en su sede?
anonimo
anonimo
Mensajes: 33814
graph
Puntos: 0
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#22720
RE: Ahora es todavía más fácil aparecer en una lista de morosos hace 13 Años, 11 Meses Karma: 60
No sé si te servirá algo en relación a la publicación de morosos en un tablón en una comunidad de vecinos:


La publicación del detalle de las deudas de aquellos propietarios que no están al corriente de pago de las cuotas de la Comunidad en el tablón de anuncios de la comunidad, implicará de acuerdo con la Ley 15/1999 de Protección de datos, una cesión de datos de carácter personal, definida por el artículo 3.i) de dicha ley, como “toda revelación de datos realizada a una persona distinta del interesado”.

En relación con la cesión de datos, el artículo 11 de la Ley dispone que “los datos de carácter personal objeto del tratamiento sólo podrán ser comunicados a un tercero para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario con el previo consentimiento del interesado”. Ahora bien, este mismo artículo de la Ley establece una serie de supuestos excepcionados de la obligación de obtener la autorización del afectado, entre ellos, por ejemplo, los supuestos en que la cesión esté autorizada en una ley.

La Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, que resulta de aplicación a las Comunidades de propietarios, persigue entre otros el objetivo de lograr que las comunidades de propietarios puedan percibir lo que les adeudan sus copropietarios, y para ello establece la obligación de dar publicidad a través de la convocatoria de la Junta de propietarios de aquellos que no se encuentren al corriente en el pago de todas las deudas vencidas con la comunidad. Así el artículo 16.2 de la citada Ley establece respecto a la convocatoria de la junta, “La convocatoria contendrá una relación de los propietarios que no estén al corriente en el pago de las deudas vencidas a la comunidad y advertirá de la privación del derecho de voto si se dan los supuestos previstos en el artículo 15.2”.

Además cabe añadir que el artículo 9 de la mencionada Ley establece que si intentada la notificación de la convocatoria de Junta de propietarios de forma individualizada fuese imposible el aviso de algún propietario, se entenderá realizada dicha comunicación mediante la colocación de la comunicación correspondiente en el tablón de anuncios de la comunidad o en lugar visible de uso general habilitado al efecto.

En consecuencia, siempre que la publicación obedezca al la finalidad de convocar la Junta, la cesión de los datos de los propietarios morosos que implica la publicación de la convocatoria en el tablón de anuncios, se encontrará amparada por la Ley Orgánica 15/1999.


pep:
las deudas de un miembre de una asociacion civil, ¿pueden publicarse en el tablón de anuncios de dicha asociación en su sede?
tucapital.es
tucapital.es
Mensajes: 25112
graphgraph
Puntos: 21185
graph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#22989
RE: Ahora es todavía más fácil aparecer en una lista de morosos hace 13 Años, 10 Meses Karma: 20
Comentario enviado por luisa clarisa mendieta:

Quiero salir de moroso.¿como hago?
anonimo
anonimo
Mensajes: 33814
graph
Puntos: 0
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#22990
RE: Ahora es todavía más fácil aparecer en una lista de morosos hace 13 Años, 10 Meses Karma: 60
Lo primero que tienes que hacer es pagar las deudas que tengas y después saldrás automáticamente de las listas de morosos o si quieres hacerlo más rápidamente, ponte en contacto con la lista de morosos enviandoles las pruebas de que las deudas se han saldado:

- www.preguntasfrecuentes.net/2009/10/08/l...mos-todas-las-dudas/

Salu2.

luisa clarisa mendieta:
Quiero salir de moroso.¿como hago?
tucapital.es
tucapital.es
Mensajes: 25112
graphgraph
Puntos: 21185
graph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#24091
RE: Ahora es todavía más fácil aparecer en una lista de morosos hace 13 Años, 10 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Eva:

Hola,
He intentado hacer la portabilidad de mi línea de teléfono móvil de una compañía a otra y me resulta imposible. Me dicen que la nueva compañía rechaza la solicitud sistemáticamente. He hablado con la compañía con la que tengo contratado el servicio actualmente y me dicen que no tengo nada pendiente, ni tampoco compromiso de permanencia. Sospecho que puedo estar en un listado de morosos, pero me resulta extraño porque actualmente, que yo sepa, no tengo ninguna deuda pendiente. ¿Es posible que me hayan incluído y que una vez saldada la deuda no me hayan dado de baja del fichero de morosos? ¿Qué puedo hacer para averiguar cuál es el problema por el que la nueva compañía telefónica rechaza mi solicitud de portabilidad?
Muchas gracias por la respuesta.
Saludos
anonimo
anonimo
Mensajes: 33814
graph
Puntos: 0
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#24110
RE: Ahora es todavía más fácil aparecer en una lista de morosos hace 13 Años, 10 Meses Karma: 60
Puedes solicitar un informe de tus deudas pendientes en el CIRBE:

- www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/09/c...-listado-de-morosos/

Si allí no hay nada reflejado, también tendrás que pedirselo a ASNEF:

- www.preguntasfrecuentes.net/2009/10/19/a...-de-morosos-2-parte/

Salu2.

Eva:
Hola,
He intentado hacer la portabilidad de mi línea de teléfono móvil de una compañía a otra y me resulta imposible. Me dicen que la nueva compañía rechaza la solicitud sistemáticamente. He hablado con la compañía con la que tengo contratado el servicio actualmente y me dicen que no tengo nada pendiente, ni tampoco compromiso de permanencia. Sospecho que puedo estar en un listado de morosos, pero me resulta extraño porque actualmente, que yo sepa, no tengo ninguna deuda pendiente. ¿Es posible que me hayan incluído y que una vez saldada la deuda no me hayan dado de baja del fichero de morosos? ¿Qué puedo hacer para averiguar cuál es el problema por el que la nueva compañía telefónica rechaza mi solicitud de portabilidad?
Muchas gracias por la respuesta.
Saludos
tucapital.es
tucapital.es
Mensajes: 25112
graphgraph
Puntos: 21185
graph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
 
ArribaPágina: 1