Estoy cobrando la prestación por desempleo; lo haré hasta el 31 de enero de 2014. Tengo previsto suscribir entonces un Convenio Especial al mayor tipo de cotización posible. Pero en noviembre de 2012 me reconocieron un grado de discapacidad del 50%. El RD 156/2013 dice que se cotiza por el mínimo de 858 euros. ¿Pueden por favor explicarme si tengo algún beneficio como incapacitado con difícil o imposible reinserción laboral -58 años-, o esto es un perjuicio (todo de cara a mi jubilación)?
Muchas gracias.