Comentario enviado por Pablo:
Hola, en mi Escritura indica: " En todo caso,aunque el valor del indice de referencia que resulte de aplicación sea inferior al 2,250%,este valor adicionado con los puntos porcentuales expresados anteriormente para cada supuesto ,determinará el "tipo de interés vigente" en el "periodo de interés".Todo ello, sin perjuicio de la aplicación en su caso de la bonificación prevista en el apartado siguiente ".
¿Esto significa que tengo clausulas suelo ?.
Muchas gracias por su atención y saludos