Muy Buenas a todos y gracias por existir.
Mi duda es la siguiente: Voy a incorporarme a una SLL ya constituida comprando 1/6 de las participaciones a un socio capital (q.en este caso es mi hermano). Entonces y según las instrucciones del boletín de demanda del pago único, me exigen:
- Fotocopia del DNI
- Certificado de la empresa aprobando dicha entrada, dando los datos de adquisicion de participaciones y otros datos X.
- Documento de solicitación del pago único debidamente reglado: dentro de esta carpetilla hay 2 formularios a color, un comunicado sobre el abono mensual de las cotizaciones a la seguridad social con cargo a la prestación por desempleo y presentacion de los boletines de cotizacion (este entiendo que se presentará trás la aprobación del pago único con el primer pago a la SS que se haga un més despues de que me comuniquen la aprobación. ¿Esto es correcto?.yo pediré abono del importe de la prestación contributiva y Subvención del importe de las cuotas a la SS. ¿Esto significa que el INEM se hará cargo de estos pagos a la SS?.Aun así, ¿Tendré que pagar las cuotas y luego me lo abonarán junto con la capitalización pedida para la adquisicion de las participaciones de la SLL?. Quiero decir si las participaciones que voy a comprar son 7.500 a 1€/Ud.=7.500 €. cuando me desenvolse el INEM la cantidad será de: 7.500 €. + todas las cuotas a la S.S desenvolsadas desde la incorporación a esta empresa. Este punto no entiendo muy bien cual es el procedimiento que tiene el inem para pagar los SSSS,¿me lo podrian explicar?).
Por otro lado aparece un escrito con 4 folios, que reza:
MEMORIA DEL PROYECTO PARA EL PAGO UNICO DE LAS PRESTACIONES.
Este no lo entiendo bien por dos cosas. 1º En las instrucciones y para mi caso no dice absolutamente nada de entregar memoria del proyecto, pero en el inem dicen que la solicitud son todos los doc. de la carpetita. 2ºSi yo entro en una empresa constituida , no voy a hacer ninguna inversión, ya que están ya realizadas, lo único que adquiero son participaciones a traves de una escritura de compra-venta, que se hará una vez aprobado el pago único. Entonces ¿Que narices tengo que poner en la memoria?.
Tengo la copia de la memoria que tuvieron que hacer los socios fundadores al constituir la SLL, pero entiendo que en los apartados de IMPORTE DE LA INVERSION NECESARIA PARA EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD yo no tengo nada que poner, o ¿pongo lo mismo que ellos pusieron al constituir?, y en el apartado CONSTITUCION DE SOCIEDADES LABORALES piden que pongamos las participaciones de cada socio y del solicitante, pero yo voy a comprar a uno de ellos no a ampliar capital ¿no es incongruente?
Lo cierto es que no se como acertar pq. me suena un poco incongruente y seguro que por alguna chorra de esta me lo tiran atrás.
Espero podais responder en breve ya que mañana los visitaré de nuevo y me gustaría estar un poco preparado.