Hace años que esto cobrando el subsidio para mayores de 52 años (2010). Los derechos reconocidos cuando se me concedió el subsidio era que yo no tuviera rentas mayores al 75% del SMI, independientemente de los ingresos del resto de la familia ya que se concede por los años cotizados a SS. las cuestiones que se me plantean son:
1º Si cobro una indemnización por accidente de tráfico (que no tributa a IRPF y no esta considerada como ganancias patrimoniales, ni se incluye en la declaración de la renta ya que es una indemnización que viene a paliar las secuelas que quedan de por vida) de que forma o manera afectan al cobro del subsidio?, se de todas formas que en el momento del cobro por este concepto he de comunicarlo en el apto al IMEN
2º Si un hijo viniera a vivir conmigo y estuviera trabajando, se me sigue reconociendo como en el momento de la concesión solo mis rentas y no las del resto de la familia (mi hijo tiene 36 años)
3º La cotización esta fijada en un 125% para jubilación, también ha variado?
4º Los derechos reconocidos pueden variarlos o solo afectan a los lo solicitaron con posterioridad? Un funcionario del INEM me dijo que no pueden variar los derechos que te reconocieron en su momento