Hola, he cumplido 65 años el 12/04/2013 y tras varias consultas en los centros de informacion de la S.S. sobre la posibilidad de que me aplicaran los 20 ultimos años cotizados, las respuestas fueron varias, en un caso que no podian calcularla por no tener los sistemas actualizado y en otros porque al estar en paro antes de la entrada en vigor de la nueva ley, tenia que jubilarme obligatoriamente por la anterior.
Mi vida laboral es:
De 1967 a 1999 contrato fijo.
De 1999 a 2001 desempleo contributivo por despido ERE por cierre de actividad.
De 2001 a 2010 subsidio de mayores de 52 años y convenio especial.
DE 2010 a 12/04/3013 convenio especial por extincion del subsidio.
Total de años cotizados 45 años.
El dia 12/04/2013 solicite la jubilacion insistiendo en que deseaba que me alpicaran la base reguladora de los ultimos 20 años, dandome como unica respuesta "que cuando me mandaran la resolucion y si no estaba conforme, podia presentar alegaciones".
Cuando he recibido la resolucion he comprobado que se me aplica la normativa de 1/1994 contemplando los ultimos 15 años.
Mi pregunta es la siguiente: ¿es opcional u obligatorio jubilarse por una u otra ley si se reunen los requisitos para ambas?, y en mi caso en concreto que debo alegar para que se reconsidere el calculo de la base reguladora con los ultimos 20 años ya que es mas favorable, pues aunque las bases de cotizacion no han disminuido por tener convenio especial si lo han hecho las bases actualizadas.