Eugenio Lara pregunta:
Estoy cobrando el subsidio mayores 52 años desde Agosto 2011.
Tengo acciones que me dan unos dividendos de más del 5% al año del valor de las acciones.
Para la carencias de rentas ¿hay que tener en cuenta estos dividendos sólo? ó ¿el valor de los dividendos más el 2% del valor de las acciones?
Creo que sólo computarian para la renta el valor de los dividendos ó el valor de las acciones, uno sólo de ellos; pues de computar los dos estaria duplicando la fiscalidad.
¿Estoy en lo cierto?
Claro está que si en algún momento se vendieran las acciones habria también que computar el 2% de las plusvalias, si las hubiera.
Podria alguien aclararme mi duda?
Gracias anticipadas