No lo pone en ningún sitio. De hecho si miras la ley no especifica fecha:
1. La cuantía de la asignación económica por hijo o menor acogido a cargo se devengará en función de las mensualidades a que, dentro de cada ejercicio económico, tenga derecho el beneficiario.
2. El abono de la asignación económica se llevará a cabo directamente por la Tesorería General de la Seguridad Social. Con carácter general, el pago será semestral y deberá efectuarse por semestre vencido, salvo en las asignaciones económicas por hijo discapacitado a cargo mayor de 18 años, respecto de las cuales el pago será de periodicidad mensual, y se efectuará por mensualidad vencida.
Por lo que les está diciendo a la gente que llama a la Seguridad Social, les han dicho que hasta el 30 puede pagar.
Salu2.
www.tucapital.es:
Os pueden pagar hasta el día 30.
Salu2.