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subsidio por cargas familiares
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TEMA: subsidio por cargas familiares
#125765
subsidio por cargas familiares hace 10 Años, 2 Meses Karma: 0
Hola:
he recibido una carta del sepe en la que me indican que pase a ver al jefe de prestaciones y lleve la nomina de mi mujer del mes de julio de 2013. Yo llevo cobrando la ayuda de 426 euros desde mayo de 2013.El problema es que en esa nomina, a mi mujer la pagaron un trabajo y cobró 2700 euros, ella cobra normalmente 700E, ya que esta a media jornada. Tenemos dos hijos y hasta ahora no hemos superado los 483.98 que exigen para cobrar dicha ayuda.
Mi duda surge si ahora con esa nomina en julio de 2013 va a suponer que me quiten la ayuda y si me la quitan, si tendré que devolver lo cobrado. No he visto aún en ningún sitio información clara sobre este tema, ya que unos dicen que te quitan un mes. y otros que te quitan todo, total que no lo se a ciencia cierta. Ya tengo cita con el sepe para el lunes, ya que suelen mandar los certificados el viernes para que te estés dando vueltas a la cabeza todo el fin de semana.
Me gustaría si alguien puede informarme para quedarme un poco mas tranquilo. Gracias
nachocus
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#125773
Re: subsidio por cargas familiares hace 10 Años, 2 Meses Karma: 9
Con la ley en la mano, pinta fatal. Acude a la cita y explícate lo mejor que puedas. Con mucha humildad, y no porque hables ante la autoridad, sino porque la norma en este apartado es bastante estricta, y tu salida es que el responsable incumpla la norma en tu favor, atendiendo a que ese ingreso ha sido puntual y que el resto de los meses has estado, como dices, por debajo de los límites.

La vía más importante es intentar justificar el tiempo que le llevó a tu mujer devengar esos 2700 euros. Que haya sido por un trabajo no realizado ese mes concreto, sino uno que ocupó muchos meses, pero que se cobró en julio de 2013.

Es probable que te hayan "cazado" en una prórroga o reanudación, lo cual no ayuda, porque no eres tú el que comunica ese ingreso.

La información clara que pides te la doy ahora mismo:

artículo 231 (obligaciones de los trabajadores).1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

"e) Solicitar la baja en las prestaciones por desempleo cuando se produzcan situaciones de suspensión o extinción del derecho o se dejen de reunir los requisitos exigidos para su percepción, en el momento de la producción de dichas situaciones."

A la vista del incumplimiento de esta ley, te pueden aplicar esta otra:

artículo 25 (infracciones graves) del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

"3. No comunicar, salvo causa justificada, las bajas en las prestaciones en el momento en que se produzcan situaciones determinantes de la suspensión o extinción del derecho, o cuando se dejen de reunir los requisitos para el derecho a su percepción cuando por cualquiera de dichas causas se haya percibido indebidamente la prestación, siempre que la conducta no esté tipificada como infracción leve en el artículo 24.4.b) de esta ley."

Te repito, y no lo digo para joder, sino para ayudar, que vayas preparado e intentando acreditar que ese dinero cobrado fue por muchos meses trabajados. Si eso no llega a buen puerto, lo que puede pasar es:

-En el mejor de los casos: Te suspenden la prestación retroactivamente desde julio de 2013 declarando como cobro indebido todo lo cobrado desde entonces. No hay sanción, por tanto, todos esos meses que hay que devolver en dinero, se te devuelven a ti en días de derecho (si hay que devolver, redondeando, un año de subsidio, el subsidio se acabará un año después de lo que estaba estipulado, ya que, insisto, y es importante, no hay sanción). En este caso, te reanudarían el subsidio probablemente desde la cita con el director, pero no cobrarías nada hasta que se compenses la deuda adquirida.

-En el peor de los casos: Te extinguen el subsidio por sanción (en aplicación de los preceptos legales que cité antes) y declaran el cobro indebido de todos esos meses. La diferencia con lo de antes, es que ya no se puede reanudar el subsidio ni compensar el cobro indebido. Directamente debes esos meses y punto. (Si has pasado una prórroga del subsidio con posterioridad al mes de julio de 2013, probablemente tengan la intención de aplicarte este artículo...)

-Tercera opción: Suena mal decirlo... pero que se apiaden de ti y el sentido común imprere sobre la ley (no suele pasar)y que te suspendan el subsidio un solo mes, que es lo que se supone que has estado por encima de los límites, y se te reanude desde la cita con el director, con lo cual estarías un solo mes sin cobrar, compensando la deuda, y luego seguirías cobrando con normalidad hasta el final del subsidio, que se produciría un mes después de lo estipulado.

Esto es completamente irregular, pero me consta que hay casos en los que se ha dado. La norma dice que hay que comunicar la suspensión, y que para reanudar el subsidio porque se vuelve a estar por debajo de los límites, se tiene un año de plazo desde la suspensión (te coge por poco) y se ha de hacer mediante solicitud expresa del trabajador, con lo cual, si en un año no se te ha visto el pelo, no se puede interpretar que solicitas reanudar, así que está mal cobrado todo desde julio, incluso los meses que no superas las rentas.

Te deseo toda la suerte del mundo, porque con 2 niños, menuda gracia tener ahora un pufo con la Seguridad Social, pero bueno, ese mes, con 2700 euros extra, joder... hay que avisar al SEPE, no me jodas...

nachocus escribió:
Hola:
he recibido una carta del sepe en la que me indican que pase a ver al jefe de prestaciones y lleve la nomina de mi mujer del mes de julio de 2013. Yo llevo cobrando la ayuda de 426 euros desde mayo de 2013.El problema es que en esa nomina, a mi mujer la pagaron un trabajo y cobró 2700 euros, ella cobra normalmente 700E, ya que esta a media jornada. Tenemos dos hijos y hasta ahora no hemos superado los 483.98 que exigen para cobrar dicha ayuda.
Mi duda surge si ahora con esa nomina en julio de 2013 va a suponer que me quiten la ayuda y si me la quitan, si tendré que devolver lo cobrado. No he visto aún en ningún sitio información clara sobre este tema, ya que unos dicen que te quitan un mes. y otros que te quitan todo, total que no lo se a ciencia cierta. Ya tengo cita con el sepe para el lunes, ya que suelen mandar los certificados el viernes para que te estés dando vueltas a la cabeza todo el fin de semana.
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Fignon
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Última edición: 20/06/2014 21:27 por Fignon.
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#125777
Re: subsidio por cargas familiares hace 10 Años, 2 Meses Karma: 0
Te doy las gracias, ya que me has orientado bastante. Además es una explicación muy completa y fácil de entender.
Cuando sepa el resultado os lo comentaré.Sólo puedo decir,aunque ya se que no me exime de mi responsabilidad, que no sabia que había que comunicar estas cosas, ahora ya si que lo se.
nachocus
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