Bienvenido, Invitado
Por favor Entrar o Registrarse.    Contraseña olvidada?

Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61
(1 viendo) (1) Invitado
Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
AbajoPágina: 1...83848586878889...92
TEMA: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61
#152011
RE: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 años hace 8 Años, 2 Meses Karma: 60
El calculo definitivo de la pensión se tendrá en cuenta lo cotizado los últimos 15 años (justamente hasta el día antes de la jubilación).

Salu2.

elena:
Buenos dias, ya hemos recibido el escrito del ministerio de empleo y seg.social y una vez revisada la base de cotización la han fijado en la que correspondia y también se van a modificar las bases de cotización de los periodos de desempleo. Asi que todo bien.
Pero hay una cosa que no termino de entender, mi marido se va a jubilar el 23.09, osea al calcular la base reguladora meto todas las bases de cotización desde Agosto 2001 hasta Julio 2016, osea hay dos meses que no tiene en cuenta para la base reguladora, pero a la hora de pago del convenio especial si se tienen que pagar (Agosto/Septiembre ? no me cuadra. Si puede explicarmelo por favor. Gracias.
tucapital.es
tucapital.es
Mensajes: 25112
graphgraph
Puntos: 21185
graph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#152266
RE: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 años hace 8 Años, 2 Meses Karma: 20
Comentario enviado por elena:

Osea que dentro de la base reguladora tambien se tienen en cuenta las bases de cotizacion de Agosto y Septiembre, en mi caso, jubilación 23.09; y luego esta base se divide entre 210 y se le quita el % de coeficiente reductor, no?
Es que el programa de autocalculo de Seg.Soc. si le pones la fecha de jubilación 23.09, no coge las bases de cotización de Agosto y Septiembre; pero por lo que yo te estoy entendiendo SI las tiene en cuenta a la hora de calcular el total de la base reguladora, no?
Gracias, haceis un gran servicio.
anonimo
anonimo
Mensajes: 33814
graph
Puntos: 0
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#152339
RE: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 años hace 8 Años, 2 Meses Karma: 60
Yo creo que sí. Otra cosa sería raro.

Salu2.

elena:
Osea que dentro de la base reguladora tambien se tienen en cuenta las bases de cotizacion de Agosto y Septiembre, en mi caso, jubilación 23.09; y luego esta base se divide entre 210 y se le quita el % de coeficiente reductor, no?
Es que el programa de autocalculo de Seg.Soc. si le pones la fecha de jubilación 23.09, no coge las bases de cotización de Agosto y Septiembre; pero por lo que yo te estoy entendiendo SI las tiene en cuenta a la hora de calcular el total de la base reguladora, no?
Gracias, haceis un gran servicio.
tucapital.es
tucapital.es
Mensajes: 25112
graphgraph
Puntos: 21185
graph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#152370
RE: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 años hace 8 Años, 2 Meses Karma: 20
Comentario enviado por elena:

muchas gracias.
salu2
anonimo
anonimo
Mensajes: 33814
graph
Puntos: 0
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#155702
RE: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 años hace 7 Años, 11 Meses Karma: 20
Comentario enviado por elena:

Buenos días,
Solo por comentar, por si a alguien le interesa, cuando tienes un convenio especial tienes que pedir tu el justificante de como se han abonado las cuotas del 2015 para luego repercutirlo en la declaración de la renta.
La Seguridad Social no manda nada a no ser que se le solicite directamente.
También comentar que si se tiene que modificar la base de cotización una vez que se ha aceptado la reclamación, la SS tardar por lo menos tres meses pero al final lo hacen.
Saludos,
anonimo
anonimo
Mensajes: 33814
graph
Puntos: 0
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#155744
RE: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 años hace 7 Años, 11 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Carmen iusta:

Mi pregunta es, si de acuerdo con el comentario anterior, puedo deducirme el importe de los importe del convenio especial (voluntario) de la declaración de la renta 2015.

Gracias
Carmen
anonimo
anonimo
Mensajes: 33814
graph
Puntos: 0
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#155757
RE: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 años hace 7 Años, 11 Meses Karma: 60
Gracias por la información.

elena:
Buenos días,
Solo por comentar, por si a alguien le interesa, cuando tienes un convenio especial tienes que pedir tu el justificante de como se han abonado las cuotas del 2015 para luego repercutirlo en la declaración de la renta.
La Seguridad Social no manda nada a no ser que se le solicite directamente.
También comentar que si se tiene que modificar la base de cotización una vez que se ha aceptado la reclamación, la SS tardar por lo menos tres meses pero al final lo hacen.
Saludos,
tucapital.es
tucapital.es
Mensajes: 25112
graphgraph
Puntos: 21185
graph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#155758
RE: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 años hace 7 Años, 11 Meses Karma: 60
Sí, claro.

Carmen iusta:
Mi pregunta es, si de acuerdo con el comentario anterior, puedo deducirme el importe de los importe del convenio especial (voluntario) de la declaración de la renta 2015.

Gracias
Carmen
tucapital.es
tucapital.es
Mensajes: 25112
graphgraph
Puntos: 21185
graph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
 
ArribaPágina: 1...83848586878889...92