Comentario enviado por juan antonio:
Buenas tardes:El 02-08-2013, cumpliré 58 años. El 15-09-2013, tendré 30 años cotizados.En Marzo 2014 acabaré de cobrar el paro y solicitaré la prestación mayores de 55 años y convenio especial con la SS. Me han despedido el 30-09-2012 por ERE causas objetivas ( Artc. 52 E.T. ).
¿ A que edad me puede jubilar anticipadamente ?
¿ Que condiciones me afectan, teniendo en cuenta que el 02-08-2016 tendría 61 años y 32 años cotizados, 10 meses y 17 dias y si es conveniente esperar al 15-09-2016 entonces tendría los 33 años cotizados?
¿ Tenemos alguna consideración especial con la Seguridad social, los despedidos por causas objetivas, al solicitar el convenio especial para tener una base de cotización más alta que la del salario minimo interprofesional ?