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Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61
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TEMA: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61
#136529
RE: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 años hace 9 Años, 10 Meses Karma: 20
Comentario enviado por cuenca:

Los coeficientes reductores por la "ley antigua" son cuatro y anuales:
1º. Entre 30 y 34 años de cotización acreditados: 7,5 por ciento.
2º. Entre 35 y 37 años de cotización acreditados: 7 por ciento.
3º. Entre 38 y 39 años de cotización acreditados: 6,5 por ciento.
4º. Con 40 o más años de cotización acreditados: 6 por ciento.
Precisiones:
1ª) La reducción se aplica por cada año o fracción de año que, en el momento del hecho causante, le falte al trabajador para cumplir los sesenta y cinco años.
2ª) Para el cómputo de los años de cotización se tomarán años completos, sin que se equipare a un año la fracción del mismo.

En el programa de autocálculo de la pensión que viene en la web de la SS podrás calcular la pensión de jubilación.

elena:
Buenos dias, el pasado día 5.1.15 en el periódico el Correo del Pueblo Vasco (me imagino que artículo parecido saldría en todas las tiradas nacionales) hablaron sobre la jubilación anticipada. Por un lado esta la voluntaria, que en este caso no es de mi interés, y por otro lado hablaron de la jubilación anticipada forzosa. Escribo literalmente lo que ponían "En la jubilación anticipada forzoza, cuando el trabajador ha sido despedido y lleva en paro seis meses, el tiempo de adelanto es de cuatros años 61 y tres meses en 2015- con un tiempo de cotización de la menos 33 años. En este último caso existe una excepción en la normativa vigente que permite acceder a una pensión a los 61 a todos los trabajadores que cumplan esa edad antes del 1 de enero de 2019.La exigencia es que para acceder a la misma tiene que existir una decisión previa adoptada en expedientes de regulación de empleo o convenio colectivo aplicados o gientes con anterioridad a abril de 2013, siempre que hubieran sido en la Seguridad Social antes de esa fecha".
Por lo tanto entiendo, creo que bien, que toda persona que haya perdido su trabajo antes de abril de 2013, tenga más de 33 años cotizados y cumpla los 61 antes de enero del 2019, tiene derecho a la jubilación anticipada, no? Mi marido los cumple en septiembre del 2015.
Otra pregunta, al ser jubilación anticipada forzosa, se que no va a cobrar la jubilación que le corresponde, puedes indicarme más o menos como van los tantos% que se descuentan? gracias, espero tu pronta contestación cuenca.
Espero que la información que os hago llegar os sirva a los demás.
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#136530
RE: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 años hace 9 Años, 10 Meses Karma: 20
Comentario enviado por cuenca:

Precisión 3ª:
Cuando se trata de jubilación anticipada de trabajador que no acredita cotizaciones al mutualismo laboral con anterioridad al 1 de enero de 1967, a tal trabajador y a los EXCLUSIVOS EFECTOS de acreditar el periodo mínimo de cotización exigible (es decir, NO cuenta para los coeficientes reductores)"se computará como cotizado a la Seguridad Social, el periodo de prestación de servicio militar obligatorio o prestación social sustitutoria, con el límite máximo de 1 año" [artículo 161 bis 2.c) LGSS]. También será computable dicho período para acceder a la jubilación voluntaria anticipada de personas con largas carreras profesionales que ha entrado en vigor el 1 de abril de 2013 ("ley nueva").

elena:
Buenos dias, el pasado día 5.1.15 en el periódico el Correo del Pueblo Vasco (me imagino que artículo parecido saldría en todas las tiradas nacionales) hablaron sobre la jubilación anticipada. Por un lado esta la voluntaria, que en este caso no es de mi interés, y por otro lado hablaron de la jubilación anticipada forzosa. Escribo literalmente lo que ponían "En la jubilación anticipada forzoza, cuando el trabajador ha sido despedido y lleva en paro seis meses, el tiempo de adelanto es de cuatros años 61 y tres meses en 2015- con un tiempo de cotización de la menos 33 años. En este último caso existe una excepción en la normativa vigente que permite acceder a una pensión a los 61 a todos los trabajadores que cumplan esa edad antes del 1 de enero de 2019.La exigencia es que para acceder a la misma tiene que existir una decisión previa adoptada en expedientes de regulación de empleo o convenio colectivo aplicados o gientes con anterioridad a abril de 2013, siempre que hubieran sido en la Seguridad Social antes de esa fecha".
Por lo tanto entiendo, creo que bien, que toda persona que haya perdido su trabajo antes de abril de 2013, tenga más de 33 años cotizados y cumpla los 61 antes de enero del 2019, tiene derecho a la jubilación anticipada, no? Mi marido los cumple en septiembre del 2015.
Otra pregunta, al ser jubilación anticipada forzosa, se que no va a cobrar la jubilación que le corresponde, puedes indicarme más o menos como van los tantos% que se descuentan? gracias, espero tu pronta contestación cuenca.
Espero que la información que os hago llegar os sirva a los demás.
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#136567
RE: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 años hace 9 Años, 10 Meses Karma: 20
Comentario enviado por elena:

gracias por tu pronta contestación e información, yo ilusa de mi pensaba que al ser jubilación anticipada no voluntaria los tantos por cientos se tomarían de otra forma no hasta la edad de 65. Bueno esto, como cada poco va cambiando y cogiendo unos matices diferentes quien sabe que pasará.
Crees que es mejor coger la jubilacion anticipada o hacer esos convenios especiales con la Seguridad Social hasta la edad de 63?
Ya se que depende de la jubilacion que quede pero tal y como esta todo mejor coger pájaro en mano que ciento volando no?
Gracias.
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#136577
RE: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 años hace 9 Años, 10 Meses Karma: 20
Comentario enviado por cuenca:

elena:
No puedo "aconsejarte" nada: cada caso particular es un mundo. Lo primero que debes hacer es con el programa de autocálculo de la pensión de la SS (está en su web)realizar los supuestos que te interesen: Jubilación a los 61, a los 63 con diferentes CE (y por lo tanto diferentes cuotas) y ver en cuanto tiempo amortizarías las inversión en el CE.
Los números gordos son muy fáciles:
- Gastos del Convenio Especial (G): G = Cuota (C)x Nº Meses entre fechas de jubilación(N): G=CxN
- Déficit Ingresos Pensión fecha primera jubilación (D): D = Pensión 1ª jubilación (P1) x N: D=P1xN
- Pensión jubilación fecha posterior: P2
- Meses en que se amortizan los gastos y déficit (A). A = (G+D)/(P2-P1)= (C+P1)xN/(P2-P1)
NOTA: Como hay 14 pagas al año, tanto P1 como P2 que salen del programa de autocálculo debes afectarles por un coeficiente multiplicador de 14/12= 1,167.
ENLACES:
Para(C): Cuotas convenio: sede.seg-social.gob.es/Sede_1/Serviciose...tm?ssUserText=231480
Para(P1) y (P2): Pensiones: sede.seg-social.gob.es/Sede_1/Serviciose...ea/Ciudadanos/231479

Copio dos reflexiones muy antiguas sobre la disyuntiva que se te presenta: 1 "No estropees lo que ya tienes deseando lo que no tienes -Epicuro-" y 2 "Ser rico es saber que ya tienes lo suficiente -Lao Tze-". Son otras formas de decir lo del pájaro en mano y los peces en el cesto. Dicho esto, te toca aplicar tus conocimientos de matemáticas para evaluar lo que tienes, lo que no tendrás y cuánto es "suficiente" para tí. !Adelante!

elena:
gracias por tu pronta contestación e información, yo ilusa de mi pensaba que al ser jubilación anticipada no voluntaria los tantos por cientos se tomarían de otra forma no hasta la edad de 65. Bueno esto, como cada poco va cambiando y cogiendo unos matices diferentes quien sabe que pasará.
Crees que es mejor coger la jubilacion anticipada o hacer esos convenios especiales con la Seguridad Social hasta la edad de 63?
Ya se que depende de la jubilacion que quede pero tal y como esta todo mejor coger pájaro en mano que ciento volando no?
Gracias.
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#136587
RE: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 años hace 9 Años, 10 Meses Karma: 60
Como bien te ha aconsejado Cuenca, lo debes de analizar tú. Un parámetro fundamental es la esperanza de vida que crees que vas a tener y que nadie te lo podrá decir.

Puedes realizar simulaciones de lo que cobrarás jubilandote a los 65 o antes, y la diferencia de pensión... y cuántos años debes de cobrar la pensión para compensar jubilarte antes o no:

- www.tucapital.es/calculadoras/calculador...nsion-de-jubilacion/

Salu2.

elena:
gracias por tu pronta contestación e información, yo ilusa de mi pensaba que al ser jubilación anticipada no voluntaria los tantos por cientos se tomarían de otra forma no hasta la edad de 65. Bueno esto, como cada poco va cambiando y cogiendo unos matices diferentes quien sabe que pasará.
Crees que es mejor coger la jubilacion anticipada o hacer esos convenios especiales con la Seguridad Social hasta la edad de 63?
Ya se que depende de la jubilacion que quede pero tal y como esta todo mejor coger pájaro en mano que ciento volando no?
Gracias.
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#136617
RE: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 años hace 9 Años, 10 Meses Karma: 20
Comentario enviado por cuenca:

elena:
Parece que "ha desaparecido" mi comentario, ¿quizás porque en él ponía enlaces a la web de la SS?. No obstante lo repito sin dichos enlaces:
No puedo “aconsejarte” nada: cada caso particular es un mundo. Lo primero que debes hacer es con el programa de autocálculo de la pensión de la SS (está en su web)y realizar los supuestos que te interesen: Jubilación a los 61, a los 63 con diferentes CE (y por lo tanto diferentes cuotas) y ver en cuanto tiempo amortizarías las inversión en el CE.
Los números gordos son muy fáciles:
– Gastos del Convenio Especial (G): G = Cuota (C)x Nº Meses entre fechas de jubilación(N): G=CxN
– Déficit Ingresos Pensión fecha primera jubilación (D): D = Pensión 1ª jubilación (P1) x N: D=P1xN
– Pensión jubilación fecha posterior: P2
– Meses en que se amortizan los gastos y déficit (A). A = (G+D)/(P2-P1)= (C+P1)x N/(P2-P1)
NOTA: Como hay 14 pagas al año, tanto P1 como P2 que salen del programa de autocálculo debes afectarles por un coeficiente multiplicador de 14/12= 1,167.
ENLACES:
Para(C): Cuotas convenio: Seguridad social. Sede electrónica. Ciudadanos. Autocálculo de Convenios Especiales
Para(P1) y (P2): Pensiones: Seguridad social. Sede electrónica. Ciudadanos. AUTOCÁLCULO: calcule usted mismo su pensión de jubilación.
Copio dos reflexiones muy antiguas sobre la disyuntiva que se te presenta: 1 “No estropees lo que ya tienes deseando lo que no tienes -Epicuro-” y 2 “Ser rico es saber que ya tienes lo suficiente -Lao Tze-“. Son otras formas de decir lo del pájaro en mano y los peces en el cesto. Dicho esto, te toca aplicar tus conocimientos de matemáticas para evaluar lo que tienes, lo que no tendrás y cuánto es “suficiente” para tí. !Adelante!

elena:
gracias por tu pronta contestación e información, yo ilusa de mi pensaba que al ser jubilación anticipada no voluntaria los tantos por cientos se tomarían de otra forma no hasta la edad de 65. Bueno esto, como cada poco va cambiando y cogiendo unos matices diferentes quien sabe que pasará.
Crees que es mejor coger la jubilacion anticipada o hacer esos convenios especiales con la Seguridad Social hasta la edad de 63?
Ya se que depende de la jubilacion que quede pero tal y como esta todo mejor coger pájaro en mano que ciento volando no?
Gracias.
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#136618
RE: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 años hace 9 Años, 10 Meses Karma: 20
Comentario enviado por cuenca:

Perdón por la reiteración. Ha "reaparecido". Saludos

elena:
gracias por tu pronta contestación e información, yo ilusa de mi pensaba que al ser jubilación anticipada no voluntaria los tantos por cientos se tomarían de otra forma no hasta la edad de 65. Bueno esto, como cada poco va cambiando y cogiendo unos matices diferentes quien sabe que pasará.
Crees que es mejor coger la jubilacion anticipada o hacer esos convenios especiales con la Seguridad Social hasta la edad de 63?
Ya se que depende de la jubilacion que quede pero tal y como esta todo mejor coger pájaro en mano que ciento volando no?
Gracias.
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#136624
RE: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 años hace 9 Años, 10 Meses Karma: 20
Comentario enviado por elena:

Muchas gracias cuenca, haré todos los calculos y ya veremos. Hasta otra.
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