Comentario enviado por ANTONIO:
Buenas tardes en mi caso no se en que parte de lo publicado del boe menciona que no pueda acogerse por haber llevado mas de 6 meses de haber consumido el prody y a continuación haber trabajado 2 meses y ha dia de hoy desde la ultima vez que trabaje llevar mas de 3 años sin trabajar pues menciona en un punto de los requisitos, por lo que yo entiendo literalmente que dice:
Haber cesado involuntariamente en un trabajo por cuenta ajena previamente al agotamiento del último derecho de los contemplados el el primer punto. Además, si se hubiera trabajado tras el agotamiento de dicho derecho, haber cesado de forma involuntaria en el último trabajo realizado.
Yo en este punto de los requisitos yo entiendo que si hubiera trabajado tras el agotamiento de dicho derecho que pienso que hace referencia al derecho del las ayudas mencionadas en el punto primero que son el prody, el prepara o el rai debo de haber cesado de forma involuntaria el ultimo trabajo.
Es lo que yo interpreto o sea con eso quiero decir que se puede trabajar despues de haber consumido el prody por ejemplo un mino de 2 meses siempre y cuando ya no hayas trabajado mas y seas ala hora de pedir la solicitud parado de larga duración.
y si no es asín como yo interpreto este punto de los requisitos ¿me podría decir si es tan amable porque leyendo la ley parece que no tengo derecho?