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Capitalización o pago único de la prestación por desempleo
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Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
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TEMA: Capitalización o pago único de la prestación por desempleo
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#28630
RE: Capitalización o pago único de la prestación por desempleo hace 13 Años, 9 Meses Karma: 20
Comentario enviado por ahmed:

¿qual es el plazo para solicitar el pago unico desde la fecha de darse de baja a un contrato laboral ?
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#28639
RE: Capitalización o pago único de la prestación por desempleo hace 13 Años, 9 Meses Karma: 60
Cuando quieras, siempre que te quede prestación de desempleo pendiente de cobrar.

Sau2.

ahmed:
¿qual es el plazo para solicitar el pago unico desde la fecha de darse de baja a un contrato laboral ?
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#28819
Re: Capitalización o pago único de la prestación por desempleo hace 13 Años, 9 Meses Karma: 0
Buenos dias
tengo una pregunta.

en septiembre de 2009 constituimos una sll 4 socios y yo, me eligieron a mi de administradora, y todos cobramos nuestro pago unico para aportarlo a la empresa,
mi pregunta es ¿cuanto tiempo tiene que pasar, si quiero vender mis acciones a otro socio, para no tener que devolver el pago unico?

Gracias
Rosas31
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#28822
Re: Capitalización o pago único de la prestación por desempleo hace 13 Años, 9 Meses Karma: 30
Rosas31 escribió:
Buenos dias
tengo una pregunta.

en septiembre de 2009 constituimos una sll 4 socios y yo, me eligieron a mi de administradora, y todos cobramos nuestro pago unico para aportarlo a la empresa,
mi pregunta es ¿cuanto tiempo tiene que pasar, si quiero vender mis acciones a otro socio, para no tener que devolver el pago unico?

Gracias


Lo puedes hacer cuando quieras, de hecho, si te das de baja antes de 1 año, podrías retomar las presataciones de desempleo pendientes de cobrar.

Acude al servicio de empleo y solicita información.

Salu2.
asepro
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#28824
Re: Capitalización o pago único de la prestación por desempleo hace 13 Años, 9 Meses Karma: 0
Buenos días.

Me presento, soy autónomo y he pedido la capitalización por desempleo.

En su momento me mandaron una carta concediéndome la misma y me hicieron un ingreso por la cantidad que solicité, a parte me mandaron los requisitos para el abono de los Seguros Sociales y los presenté en fecha.

Pues bien, a día de hoy no se me han abonado los Seguros Sociales (estoy hablando de Noviembre de 2010), me presenté en el INEM y me dijeron que me han mandado una carta (la cual no he recibido) en la cual me deniegan la capitalización por dos posibles razones (dicho de palabra y sin estar seguros de ello):

1) Por el domicilio (cosa que dudo ya que me equivoqué de domicilio y lo modifiqué presencialmente en mi oficina del INEM).

2) Por darme de alta como autónomo antes de fecha, ellos me dijeron que al día siguiente de capitalizar yo me podía dar de alta como autónomo y mi gestoría así lo hizo (capitalicé por ejemplo el 18 de Octubre y me dan de alta el 21 de Octubre), lógicamente estoy dado de alta desde el mes de Octubre y figura que se presentó el 21 pero lo que me temo que me van a decir es que me tenía que haber dado de alta en Noviembre...

¿A alguien le ha pasado algo parecido?, estoy muy preocupado por que me pueden pedir que reembolse la capitalización inicial de mi paro y me da miedo perder el abono de la Seguridad Social, he preparado un escrito de reclamación pero al no haber recibido el escrito del INEM no puedo contestar oficialmente...

Muchas gracias por adelantado y un saludo.
JUDSON
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#28825
Re: Capitalización o pago único de la prestación por desempleo hace 13 Años, 9 Meses Karma: 0
creo que no es la respuesta correcta, ya que según me han dicho (si me dices lo contrario, es que a mi me han mentido ) tengo que estar un minimo de 3-5 años, (no lrecuerdo bien) por eso era mi pregunta. en el negocio, si no tendria que devolver el dinero,

Ya que no tiene mucho sentido cobrar un dinero para emplearlo en una empresa si a los dos dias te das de baja en la empresa, ademas yo no puedo cobrar ningun desempleo, ya que al ser administradora, (aunque este en regimen general) no tengo derecho a paro.

Ains, a ver si alguien me aclara, porque en principio solo era aportar nuestro paro y seguir trabajando, y ahora me estan metiendo en unos lios, que prefiero no estar en la empresa y buscarme las "habichuelas" por mi lado.
Rosas31
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#28839
Re: Capitalización o pago único de la prestación por desempleo hace 13 Años, 9 Meses Karma: 30
Rosas31 escribió:
creo que no es la respuesta correcta, ya que según me han dicho (si me dices lo contrario, es que a mi me han mentido ) tengo que estar un minimo de 3-5 años, (no lrecuerdo bien) por eso era mi pregunta. en el negocio, si no tendria que devolver el dinero,

Ya que no tiene mucho sentido cobrar un dinero para emplearlo en una empresa si a los dos dias te das de baja en la empresa, ademas yo no puedo cobrar ningun desempleo, ya que al ser administradora, (aunque este en regimen general) no tengo derecho a paro.

Ains, a ver si alguien me aclara, porque en principio solo era aportar nuestro paro y seguir trabajando, y ahora me estan metiendo en unos lios, que prefiero no estar en la empresa y buscarme las "habichuelas" por mi lado.


Una consulta similar se ha planteado al servicio de empleo y se ha recibido la siguiente contestación:

En caso de que se le hubiera abonado el importe total de la prestación contributiva, bien en un solo pago, bien en pagos mensuales para la subvención de cuotas de Seguridad Social, el derecho se considera agotado y, aunque se diera de baja en la actividad emprendida, no tendría derecho a percibirlo de nuevo. En el supuesto de que no se le hubiera abonado la totalidad de la prestación contributiva y quedara un remanente, podrá reanudar la prestación pendiente de percibir una vez que haya transcurrido un tiempo equivalente al que habría cobrado de prestación si no la hubiese capitalizado, es decir, si la hubiera percibido por mensualidades. Además se exige que reúna los requisitos aplicables a la reanudación de prestaciones (encontrarse en situación legal de desempleo, inscribirse como demandante de empleo y que el derecho a la prestación no se haya extinguido por haber realizado un trabajo por cuenta ajena de duración igual o superior a doce meses o por cuenta propia durante 24 o más meses).

Referencia normativa: Art. 5 del R.D. 1044/1985, de 19 de junio, que regula el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único por el valor actual del importe. Art. 33 del R.D. 625/1985, de 2 de abril, por el que se desarrolla la ley de protección por desempleo, Sentencia Tribunal Supremo de 17/10/2002. Art. 90 Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Disposición transitoria cuarta de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad, modificada por el R.D.1413/2005, de 25 de noviembre.
asepro
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Última edición: 22/02/2011 11:54 por asepro.
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#28840
Re: Capitalización o pago único de la prestación por desempleo hace 13 Años, 9 Meses Karma: 30
JUDSON escribió:
Buenos días.

Me presento, soy autónomo y he pedido la capitalización por desempleo.

En su momento me mandaron una carta concediéndome la misma y me hicieron un ingreso por la cantidad que solicité, a parte me mandaron los requisitos para el abono de los Seguros Sociales y los presenté en fecha.

Pues bien, a día de hoy no se me han abonado los Seguros Sociales (estoy hablando de Noviembre de 2010), me presenté en el INEM y me dijeron que me han mandado una carta (la cual no he recibido) en la cual me deniegan la capitalización por dos posibles razones (dicho de palabra y sin estar seguros de ello):

1) Por el domicilio (cosa que dudo ya que me equivoqué de domicilio y lo modifiqué presencialmente en mi oficina del INEM).

2) Por darme de alta como autónomo antes de fecha, ellos me dijeron que al día siguiente de capitalizar yo me podía dar de alta como autónomo y mi gestoría así lo hizo (capitalicé por ejemplo el 18 de Octubre y me dan de alta el 21 de Octubre), lógicamente estoy dado de alta desde el mes de Octubre y figura que se presentó el 21 pero lo que me temo que me van a decir es que me tenía que haber dado de alta en Noviembre...

¿A alguien le ha pasado algo parecido?, estoy muy preocupado por que me pueden pedir que reembolse la capitalización inicial de mi paro y me da miedo perder el abono de la Seguridad Social, he preparado un escrito de reclamación pero al no haber recibido el escrito del INEM no puedo contestar oficialmente...

Muchas gracias por adelantado y un saludo.


Según lo que nos cuentas, parece que los papeles lo has hecho bien, y es un error del servicio de empleo, por lo que no te tienes que preocupar. Sobre todo porque tienes los justificantes de alta en IAE y en la seguridad social, fueron después que la solicitud del pago único.

Salu2.
asepro
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