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Nuevo plan de ayudas a los Autónomos: Ley de Segunda Oportunidad
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Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
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TEMA: Nuevo plan de ayudas a los Autónomos: Ley de Segunda Oportunidad
#136984
Nuevo plan de ayudas a los Autónomos: Ley de Segunda Oportunidad hace 9 Años, 10 Meses Karma: 43
Si eres autónomo y tu negocio no va bien, la Ley de Segunda Oportunidad que el Gobierno ultima te ayudará con las posibles deudas que tengas, para poder emprender así nuevos proyectos.

Vemos en qué consistirá este plan de medidas de apoyo a los autónomos previstas que se suma a Ley de Emprendedores que ya existe.

Leer más en:

- www.preguntasfrecuentes.net/2013/02/25/e...endedores-y-jovenes/

Salu2
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#145792
RE: Nuevo plan de ayudas a los Autónomos: Ley de Segunda Oportunidad hace 9 Años, 4 Meses Karma: 20
Comentario enviado por MARIA:

ley segunda oportunidad
buenas me di de baja de mi tienda hace 2 meses, estuve 11 años y en el 2010 saque un ico standers y no pude pagarlo y ahora me llego de juzgados una notificacion, , mi mrido sin trabajo y yo estoy limpiando casas es imposible pagarlo, yo entro en esta ley de segunda oportunidad gracias
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#145871
RE: Nuevo plan de ayudas a los Autónomos: Ley de Segunda Oportunidad hace 9 Años, 4 Meses Karma: 60
Para poder acogerte a este ley has de seguir un procedimiento:

Lo primero que debe hacer el deudor es tratar de llegar a un acuerdo extrajudicial con sus acreedores, para lo que el Ejecutivo establece un plazo aproximado de dos meses. Este acuerdo permite a empresarios, autónomos y personas individuales -hasta ahora sólo podían hacerlo los empresarios- renegociar con los acreedores, siempre bajo la tutela de un juez.

Si este acuerdo no es posible, el afectado podrá declararse en concurso de acreedores, pero para ello deberá acudir a un juez de primera instancia y no a un mercantil. Una vez iniciado el proceso supervisado por la Justicia, el juez procederá a la liquidación de los bienes del afectado para que pueda beneficiarse de la exoneración de los pasivos.

Ahora bien, para que se puedan aplicar quitas, el deudor tiene que cumplir ciertos requisitos: liquidar todos sus bienes para hacer frente a las deudas, actuar de buena fe -para lo que tendrá que probar que no ha estado en ningún registro negativo durante diez años- y satisfacer los créditos contra la masa, los créditos privilegiados -como las deudas con Hacienda y la Seguridad Social, o las pensiones alimenticias- y el 25% de los créditos ordinarios. Si todo esto se cumple, se podrá aplicar una quita sobre el resto de la deuda ordinaria pendiente, sin efecto fiscal, por lo que quien se beneficie de las exoneraciones no tributará por ellas.
El principal freno a esta norma

MARIA:
ley segunda oportunidad
buenas me di de baja de mi tienda hace 2 meses, estuve 11 años y en el 2010 saque un ico standers y no pude pagarlo y ahora me llego de juzgados una notificacion, , mi mrido sin trabajo y yo estoy limpiando casas es imposible pagarlo, yo entro en esta ley de segunda oportunidad gracias
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