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Subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
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Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
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TEMA: Subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
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#73904
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 12 Años, 1 Mes Karma: 60
La mayoría de los expresidentes han renunciado a su sueldo, salvo ZP.

Salu2.

Juan Antonio:
porque no quita la paga a los ex presidente de gobierno y se deja de estar jodiendo mas a los mas necesitado
o es que vamos a pagar lo que e an llevado de las caixas y bancos a ver si echan a este gobierno
esta gente ya esta bien
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#73905
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 12 Años, 1 Mes Karma: 60
Sí, no te preocupes, te lo tienen que conceder.

Salu2.

emilia:
acabe el paro de 24 meses el 17/06/2012 y habia cumplido 52 años el 22/03/2012 en al otg me dijeron que esperara un mes y que fuera el 18/07/2012 para que me concedieran la paga de 52 años para siempre (hasta mi jubilacion) tengo que ir mañana. estoy en el derecho a dicha prestacion?
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#73906
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 12 Años, 1 Mes Karma: 60
1. No te sancionarán por hacerlo voluntariamente. Eso sí, es posible que te cobren intereses de demora.

2. Las cotizaciones los perderás al igual que la ayuda.

3. Tienes que esperar a un año que no cobres ese ingreso extra que hace que dejes de cumplir los requisitos.

Salu2.

Maria RP:
Desde Abril de 2011 estoy cobrando la ayuda de mayores de 52 años, pues cuando la solicité parecía que todo se cumplía, pero.... había algo que nadie me dijo y que ahora con todo este cambio he sabido por casualidad que los planes de pensiones suman como si hubiera trabajado..(?¿?). No tiene mucha lógica, pero la Ley es la Ley.

Explico mi caso y mis dudas, porque creo que le puede interesar a bastante gente:
El día 9/4/2011 rescaté un Plan de Pensiones de 12000 euros.
El 28/4/2011 hago La solicitud de la prestación, y como no había realizado la RENTA 2011, no sabía el tratamiento de estos "ingresos", y no los indique en la solicitud.
El 23/3/2012 Realizo la declaración anual, sin tener ni idea del tema Plan de Pensiones y también me la conceden.
AHORA, me he dado cuenta al hacer la Renta 2011 que este Plan lo suman a mis ingresos y evidentemente con este tratamiento, supero los 481€ mensuales de Renta.

El INEM aun no me ha dicho nada, pero como yo me he dado cuenta de mi error, tengo ya solicitada cita para ver qué puedo hacer.
Al presentarme voluntariamente y explicar todo esto, y haciéndome cargo de devolver el año que me han pagado y no me correspondía:
¿qué tipo de sanción pueden ponerme?
¿Qué pasará con las cotizaciones de 935 euros que me han pagado ellos? ¿Las perderé en su totalidad?
Teniendo en cuenta que la cita la tengo el día 20/7/2012:
¿Allí mismo me pueden tramitar mi error, para dejar de recibir la ayuda y que no me vaya sumando el importe a devolver?
¿Cuánto tiempo tengo que esperar a volver a solicitarla? puesto que he leído, en este foro, que solo tiene vigencia el año fiscal a que pertenece el Plan de Pensiones.(he cobrado desde Abril/2011 hasta Julio/2012)

Perdonen que me haya extendido pero llevo varios días sin dormir..... Parece que haya hecho un crimen, en los impresos de solicitud de la prestación no está tan claro que los Planes de Pensiones se consideren Ingresos, se habla de Pensiones, lo que lleva a confusión, lo podrían poner un poco más claro, solo incluir “PLANES de PENSIONES”, y no se tendría de pasar por este trance, que no te enteras hasta que realizas la RENTA, ufff
Muchas, muchas gracias por anticipado
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#73907
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 12 Años, 1 Mes Karma: 60
Suelen contestar entre 1 y 2 meses.

Salu2.

enrique:
cuanto tiempo tienen para contestar si te conceden la ayuda para mayores de 52años
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#73908
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 12 Años, 1 Mes Karma: 60
No, no te lo quitarán salvo que cambie tus condiciones económicas.

Salu2

margarita:
llevo tres años desde el año 2009 cobrando el subsidio de 52 años. tengo 57 años. me lo pueden quitan como se estan poniendo las cosas. gracias
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#73909
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 12 Años, 1 Mes Karma: 60
Si haces las jornadas suficientes, te darán el paro, y después podrás seguir cobrando el subsidio.

De todas formas, vete a SEPE para que te informen de todo lo que tienes que hacer para conservar esta ayuda.

Salu2.

maria:
Estoy combrando el subsidio de mayores de 52 años dede julio del año pasado, este invierno he trabajado en la campaña de la naranja, no soy fija pero en esta modificación resulta que si sigo trabajando en la campaña de la naranja al año que viene tendre bastantes jornales para un paro, y despues ¿tendre derecho al mismo subsidio? no tengo otro ingreso, ¿alguien me puede contestar? gracias
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#73910
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 12 Años, 1 Mes Karma: 60
No, tranquilo.

montse:
mi consulta es que hoy ma ha llegado la carta conforme me conceden el subsidio de los mayores de 52 años. Yo fui a pedirlo el 6 de julio,me lo quitaran? Tengo 52 años. Gracias
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#73911
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 12 Años, 1 Mes Karma: 60
Página 30:

El número 3 del apartado 1 y el número 2 del apartado 3 del artículo 215 quedan redactados en los términos siguientes:
«1. Serán beneficiarios del subsidio:

3. Los trabajadores mayores de cincuenta y cinco años, aun cuando no tengan responsabilidades familiares, siempre que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en los apartados anteriores, hayan cotizado por desempleo al menos durante seis años a lo largo de su vida laboral y acrediten que, en el momento de la solicitud, reúnen todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.

Para obtener el subsidio el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta y cinco años en la fecha del agotamiento de la prestación por desempleo o del subsidio por desempleo; o tener cumplida esa edad en el momento de reunir los requisitos para acceder a un subsidio de los supuestos contemplados en los apartados anteriores o cumplirla durante su percepción».

Daniel:
No sé si es que no lo he sabido encontrar, pero en el BOE del 14 de julio no veo donde menciona que el subsidio para mayores de 52 años pase a 55 años. ¿Alguien puede indicarme en que página está? Gracias
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